Recomendación del Consejo, de 29 de noviembre de 2021, relativa a los planteamientos basados en el aprendizaje mixto para lograr una educación primaria y secundaria inclusivas y de alta calidad
Section | Serie C |
Issuing Organization | Consejo de la Unión Europea |
14.12.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 504/21
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Los sistemas de educación y formación de todo el mundo y de toda la Unión se han visto afectados y presionados como nunca antes por la pandemia de COVID-19. Las restricciones sociales han cambiado de manera trascendental la enseñanza y el aprendizaje, así como la comunicación y la colaboración en el seno de las comunidades educativas y formativas (1). Han repercutido en los aprendientes, sus familias, los docentes, los formadores y los directores de los centros, así como en los profesionales de comunidades que promueven la educación, como los trabajadores sociales, los psicólogos, otros especialistas en orientación, los profesionales sanitarios y los educadores culturales. Los Estados miembros fueron capaces de poner rápidamente en marcha soluciones y medidas de apoyo al aprendizaje a distancia, recurriendo en muchos casos a las tecnologías digitales. Se han extraído útiles enseñanzas sobre nuevas posibilidades para la educación y la formación, como el aumento manifiesto de las competencias digitales del personal docente y el refuerzo de los vínculos entre los centros escolares y el conjunto de la comunidad. Sin embargo, muchos Estados miembros han experimentado carencias en el sistema, con una falta generalizada de preparación y recursos para la transición a un planteamiento distinto de la enseñanza y el aprendizaje, lo que ha puesto de relieve y agravado las desigualdades, deficiencias y carencias existentes (2). Los sistemas de educación y formación deben colmar estas carencias y también mejorar su resiliencia, para hacer frente y adaptarse mejor a las circunstancias cambiantes del futuro.
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Las Conclusiones del Consejo sobre la lucha contra la crisis de la COVID-19 en el ámbito de la educación y la formación invitan a los Estados miembros a «reanudar las actividades de aprendizaje y enseñanza presenciales» y, además, a ofrecer «oportunidades para un aprendizaje a distancia, digital y mixto», prestando al mismo tiempo «especial atención a que se garantice la igualdad de oportunidades». Las Conclusiones del Consejo sobre la educación digital en las sociedades europeas del conocimiento (3) invitan, además, a la Comisión a «hacer (…) en estrecha cooperación con los Estados miembros y a partir de datos contrastados, un seguimiento» de las Conclusiones arriba citadas, «con ánimo de alcanzar una interpretación común a escala de la Unión de los planteamientos que conducen a procesos de aprendizaje a distancia eficaces, inclusivos y atractivos».
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El Plan de Acción de Educación Digital 2021-2027 describe el objetivo de la Comisión Europea de una educación digital inclusiva, accesible y de alta calidad en Europa. Es un llamamiento a la acción para reforzar la cooperación a escala europea a fin de aprender de la pandemia de COVID-19 y adecuar los sistemas de educación y formación a la era digital. Pone de relieve el potencial de la tecnología para facilitar un aprendizaje más accesible, flexible, personalizado y centrado en el aprendiente. Se propone acabar con las desigualdades en la educación y la formación debidas a la carencia de capacidades y competencias digitales y a la falta de acceso a unas herramientas apropiadas y a una conectividad en línea fiable. Subraya la necesidad de reforzar la capacidad digital en los sistemas de educación y formación.
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El fomento del desarrollo de las competencias constituye uno de los objetivos del Espacio Europeo de Educación, que podría «aprovechar plenamente el potencial de la educación y la cultura como motor para la creación de empleo, la justicia social y la ciudadanía activa, así como un medio de vivir la identidad europea en toda su diversidad» (4). La Resolución del Consejo relativa a un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación con miras al Espacio Europeo de Educación y más allá (2021-2030) (5) fija, como objetivo primordial de la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación, apoyar el desarrollo de los sistemas de educación y formación en los Estados miembros, que tienen por objeto garantizar la realización personal, social y profesional de todos los ciudadanos, promoviendo al mismo tiempo los valores democráticos, la igualdad, la cohesión social, la ciudadanía activa y el diálogo intercultural, así como la prosperidad económica sostenible, las transiciones ecológica y digital y la empleabilidad.
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El pilar europeo de derechos sociales (6) establece como primer principio que toda persona tiene derecho a una educación, formación y aprendizaje permanentes inclusivos y de calidad, a fin de mantener y adquirir capacidades que les permitan participar plenamente en la sociedad y gestionar con éxito las transiciones en el mercado laboral. El principio 11 del pilar establece que los niños procedentes de entornos desfavorecidos tienen derecho a medidas específicas destinadas a promover la igualdad de oportunidades. La aplicación eficaz de estos principios depende en gran medida de la determinación y la acción de los Estados miembros. Las acciones a escala de la Unión pueden complementar las acciones nacionales, y el Plan de Acción del pilar europeo de derechos sociales constituye la contribución de la Comisión (7).
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La Agenda de Capacidades Europea (8) establece acciones orientadas a ayudar a las personas y las empresas a desarrollar más y mejores capacidades y a ponerlas en práctica, mediante el refuerzo de la competitividad sostenible y el aumento de la resiliencia para reaccionar a las crisis, con base en las lecciones aprendidas durante la pandemia de COVID-19; también propone fomentar la educación en CTIM (ciencia, tecnología, ingeniería y matemáticas) en las acciones de investigación e innovación.
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La Recomendación del Consejo por la que se establece una Garantía Infantil Europea (9) invita a los Estados miembros a garantizar un acceso efectivo y gratuito a la educación y a las actividades escolares para los niños necesitados (es decir, en riesgo de pobreza o exclusión social). La Estrategia de la UE sobre los Derechos del Niño (10) pide que se construya una educación inclusiva y de calidad.
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En un mundo en rápida evolución y con múltiples interconexiones, es necesario que las personas posean competencias muy variadas, que han de desarrollar de forma constante a lo largo de toda la vida. Las competencias clave que se definen en el marco de referencia europeo de competencias clave para el aprendizaje permanente (11) tienen por objeto sentar las bases para la consecución de unas sociedades más equitativas y democráticas. Responden a la necesidad de crecimiento integrador y sostenible, cohesión social y desarrollo adicional de la cultura democrática.
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La Recomendación del Consejo relativa a las competencias clave para el aprendizaje permanente (12) afirma que el desarrollo de competencias viene facilitado por la promoción de diversos planteamientos y entornos de aprendizaje, como el uso adecuado de las tecnologías digitales, el respaldo al personal docente, así como a otros interesados que apoyan procesos de aprendizaje, entre ellos las familias, el respaldo y mayor desarrollo de la evaluación y validación de las competencias clave adquiridas en distintos contextos, y el refuerzo de la colaboración entre los contextos de educación, formación y aprendizaje en todos los niveles y en diferentes ámbitos.
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La Recomendación del Consejo sobre la educación y formación profesionales (EFP) para la competitividad sostenible, la equidad social y la resiliencia (13) propone un proyecto político modernizado de la UE con respecto a la EFP que incluye su digitalización y el recurso al aprendizaje mixto. La Declaración de Osnabrück sobre la educación y formación profesionales como facilitadoras de la recuperación y de transiciones justas hacia economías digitales y ecológicas afirma que el aprendizaje digital puede desempeñar un papel importante y complementario (14).
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Las...
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