Recomendación n.o 1/2017 del Consejo de Asociación UE-Egipto, de 25 de julio de 2017, por la que se acuerdan las prioridades de la asociación UE-Egipto [2017/1544]
Section | Recomendación |
Issuing Organization | Consejo de Asociación |
14.9.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 236/23
EL CONSEJO DE ASOCIACIÓN UE-EGIPTO,
Visto el Acuerdo Euromediterráneo por el que se establece una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República Árabe de Egipto, por otra (1), y en particular su artículo 76,
Considerando lo siguiente:
(1) El Acuerdo Euromediterráneo por el que se establece una Asociación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República Árabe de Egipto, por otra (en lo sucesivo, «Acuerdo»), fue firmado el 25 de junio de 2001 y entró en vigor el 1 de junio de 2004.
(2) El artículo 76 del Acuerdo habilita al Consejo de Asociación para tomar las decisiones oportunas con el fin de lograr los objetivos del Acuerdo.
(3) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 del Acuerdo, las Partes adoptarán todas las medidas generales o específicas necesarias para el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Acuerdo y velarán por la consecución de los objetivos definidos en el mismo.
(4) En el marco de la revisión de la política europea de vecindad, se propuso una nueva fase de cooperación con los socios que permita un mayor sentido de la apropiación por ambas Partes.
(5) La Unión y Egipto han decidido consolidar su asociación poniéndose de acuerdo en un conjunto de prioridades para el período 2017-2020, con el fin de abordar retos comunes que tienen ante sí la Unión y Egipto, promover intereses compartidos y garantizar la estabilidad a largo plazo a ambos lados del Mediterráneo.
RECOMIENDA:
El Consejo de Asociación recomienda que las Partes apliquen las prioridades de la asociación UE-Egipto recogidas en el anexo de la presente Recomendación.
Las prioridades de la asociación UE-Egipto a que se refiere el artículo 1 sustituirán el Plan de Acción UE-Egipto, cuya aplicación se recomendaba en la Recomendación n.o 1/2007 del Consejo de Asociación, de 6 de marzo de 2007.
La presente Recomendación entrará en vigor el día de su adopción.
Hecho en Bruselas, el 25 de julio de 2017.
(1) DO L 304 de 30.9.2004, p. 39.
El marco general de la cooperación entre la UE y Egipto es el Acuerdo de Asociación que se firmó en 2001 y entró en vigor en 2004. Si bien siguen en vigor todos los elementos del Acuerdo de Asociación, el presente documento establece las prioridades definidas conjuntamente entre la UE y Egipto a la luz de la política europea de vecindad revisada, que orientará la cooperación durante los próximos tres años.
Los objetivos de las Prioridades de la Asociación son abordar los retos comunes ante los que se hallan la UE y Egipto, promover intereses compartidos y garantizar la estabilidad a largo plazo a ambos lados del Mediterráneo. Las Prioridades de la Asociación se rigen por un compromiso compartido con los valores universales de la democracia, el Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos. Se trata también de reforzar la cooperación en apoyo de la «Estrategia de Desarrollo Sostenible de Egipto — Visión 2030».
Las Prioridades de la Asociación deben contribuir a conseguir las aspiraciones de los ciudadanos de ambos lados del Mediterráneo, especialmente a la hora de garantizar la justicia social, oportunidades de empleo digno, la prosperidad económica y una mejora sustancial de las condiciones de vida y, de este modo, consolidar la estabilidad de Egipto y de la UE. El crecimiento inclusivo, sustentado por la innovación, y una gobernanza real y participativa, regida por el Estado de Derecho, los derechos humanos y las libertades fundamentales, son aspectos clave de estos objetivos. Además, las Prioridades de la Asociación también tienen en cuenta los papeles respectivos de la UE y Egipto como actores internacionales y tienen como finalidad que aumente la cooperación bilateral entre ambas Partes y su cooperación regional e internacional. Como tales, las siguientes prioridades principales orientarán la Asociación renovada:
La UE y Egipto cooperarán en su calidad de socios clave en la promoción de los objetivos socioeconómicos de Egipto que figuran en la «Estrategia de Desarrollo Sostenible — Visión 2030» con vistas a la creación de un Egipto estable y próspero.
Egipto está comprometido a alcanzar la sostenibilidad socioeconómica a largo plazo mediante, entre otras cosas, la creación de un marco más propicio para el crecimiento integrador y la creación de empleo, en particular para los jóvenes y las mujeres, entre otros medios, fomentando la integración del sector...
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