Recomendación de la Comisión, de 29 de octubre de 2009, relativa al uso de la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones (CIUO-08)

SectionRecomendación
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

10.11.2009 Diario Oficial de la Unión Europea L 292/31

ES

RECOMENDACIONES

COMISIÓN RECOMENDACIÓN DE LA COMISIÓN

de 29 de octubre de 2009

relativa al uso de la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones (CIUO-08)

(Texto pertinente a efectos del EEE) (2009/824/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 211,

Considerando lo siguiente:

(1) La Organización Internacional del Trabajo ha revisado la versión anterior de la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones (CIUO-88) con objeto de poner a disposición de los países una clasificación para su uso en la próxima ronda de censos de población, en los servicios nacionales de empleo y en otras aplicaciones destinadas al público. Para garantizar la comparabilidad entre los datos sobre ocupaciones procedentes de los Estados miembros y del resto del mundo es importante adoptar esta clasificación revisada (CIUO-08) en las principales encuestas del Sistema Estadístico Europeo que recogen datos sobre las ocupaciones antes de la próxima ronda de censos de población, prevista para 2011.

(2) La clasificación CIUO-08 es más detallada que la versión europea de CIUO-88, [CIUO-88 (COM)] para determinadas ocupaciones con una elevada participación de mujeres.

(3) Los datos sobre ocupaciones se utilizan para calcular los indicadores sobre segregación por sexos usados para el seguimiento de la Estrategia Europea de Empleo (orientación n o 18: «Promover un enfoque del trabajo basado en el ciclo de vida», y orientación n o 22: «Asegurar una evolución de los costes laborales y establecer mecanismos de fijación de salarios que favorezcan el empleo»)

( 1

). Por lo tanto, es esencial disponer de una clasificación uniforme que permita producir datos comparables sobre las ocupaciones.

(4) Los datos sobre ocupaciones también se han utilizado para medir el progreso en la representación equilibrada de hombres y mujeres en los puestos con poder decisorio, analizando su respectiva presencia entre el personal directivo conforme a CIUO-88 (COM).

(5) En el marco de la Resolución del Consejo, de 15 de noviembre de 2007, relativa a nuevas cualificaciones para nuevos empleos

( 2 ), la ocupación va a ser importante para evaluar las necesidades y deficiencias de cualificaciones en el mercado de trabajo europeo, y será esencial aplicar una metodología armonizada en relación con las ocupaciones.

(6) La clasificación CIUO-08 pone más énfasis en las ocupaciones relacionadas con las tecnologías de la información y la comunicación.

RECOMIENDA:

1. Los Estados miembros deberían desarrollar, producir y difundir estadísticas desglosadas por ocupaciones utilizando la Clasificación Internacional Uniforme de Ocupaciones de 2008 (CIUO-08) o una clasificación nacional derivada de la CIUO-08.

2. Los Estados miembros deberían utilizar la CIUO-08 para la Encuesta sobre la Estructura de los Ingresos 2010.

3. Los Estados miembros deberían utilizar la CIUO-08 desde 2011 como año de referencia en todos los ámbitos estadísticos que generan estadísticas desglosadas por ocupaciones.

Hecho en Bruselas, el 29 de octubre de 2009.

Por la Comisión Joaquín ALMUNIA Miembro de la Comisión

( 1 ) DO L 198 de 26.7.2008, p. 47.

( 2 ) DO C 290 de 4.12.2007, p. 1.

ES

ANEXO

CIUO-08

1. Directores y gerentes

11. Directores ejecutivos, personal directivo de la administración pública y miembros del poder ejecutivo y de los cuerpos legislativos

111. Miembros del poder ejecutivo y de los cuerpos legislativos

1111 Miembros del poder legislativo

1112 Personal directivo de la administración pública

1113 Jefes de pequeñas poblaciones

1114 Dirigentes de organizaciones que presentan un interés especial 112. Directores generales y gerentes generales

1120 Directores generales y gerentes generales

12. Directores administradores y comerciales 121. Directores de administración y servicios

1211 Directores financieros

1212 Directores de recursos humanos

1213 Directores de políticas y planificación

1219 Directores de administración y servicios no clasificados bajo otros epígrafes 122. Directores de ventas, comercialización y desarrollo

1221 Directores de ventas y comercialización

1222 Directores de publicidad y relaciones públicas. 1223 Directores de investigación y desarrollo

13. Directores y gerentes de producción y operaciones

131. Directores de producción agropecuaria, silvicultura y pesca

1311 Directores de producción agropecuaria y silvicultura

1312 Directores de producción de piscicultura y pesca

132. Directores de industrias manufactureras, de minería, construcción y distribución

1321 Directores de industrias manufactureras

1322 Directores de explotaciones de minería

1323 Directores de empresas de construcción

1324 Directores de empresas de abastecimiento, distribución y afines

133. Directores de servicios de tecnología de la información y las comunicaciones

1330 Directores de servicios de tecnología de la información y las comunicaciones 134. Directores y gerentes de servicios profesionales

1341 Directores de servicios de cuidados infantiles

1342 Directores de servicios de salud

1343 Directores de servicios de cuidado de las personas de edad

1344 Directores de servicios de bienestar social

1345 Directores de servicios de educación

1346 Gerentes de sucursales de bancos, de servicios financieros y de seguros

1349 Directores y gerentes de servicios profesionales no clasificados bajo otros epígrafes

ES

10.11.2009 Diario Oficial de la Unión Europea L 292/33

14. Gerentes de hoteles, restaurantes, comercios y otros servicios 141. Gerentes de hoteles y restaurantes

1411 Gerentes de hoteles

1412 Gerentes de restaurantes

142. Gerentes de comercios al por mayor y al por menor

1420 Gerentes de comercios al por mayor y al por menor 143. Otros gerentes de servicios

1431 Gerentes de centros deportivos, de esparcimiento y culturales 1439 Gerentes de servicios no clasificados bajo otros epígrafes

2. Profesionales científicos e intelectuales

21. Profesionales de las ciencias y de la ingeniería 211. Físicos, químicos y afines

2111 Físicos y astrónomos

2112 Meteorólogos

2113 Químicos

2114 Geólogos y geofísicos

212. Matemáticos, actuarios y estadísticos

2120 Matemáticos, actuarios y estadísticos 213. Profesionales en ciencias biológicas

2131 Biólogos, botánicos, zoólogos y afines

2132 Agrónomos y afines

2133 Profesionales de la protección medioambiental 214. Ingenieros (excluyendo electrotecnólogos)

2141 Ingenieros industriales y de producción

2142 Ingenieros civiles

2143 Ingenieros medioambientales

2144 Ingenieros mecánicos

2145 Ingenieros químicos

2146 Ingenieros de minas, metalúrgicos y afines 2149 Ingenieros no clasificados bajo otros epígrafes 215. Ingenieros no clasificados bajo otros epígrafes

2151 Ingenieros electricistas

2152 Ingenieros electrónicos

2153 Ingenieros en telecomunicaciones

216. Arquitectos, urbanistas, agrimensores y diseñadores

2161 Arquitectos

2162 Arquitectos paisajistas

2163 Diseñadores de productos y de prendas 2164 Urbanistas e ingenieros de tránsito 2165 Cartógrafos y agrimensores

2166 Diseñadores gráficos y multimedia

ES

22. Profesionales de la salud 221. Médicos

2211 Médicos generales

2212 Médicos especialistas

222. Profesionales de enfermería y partería

2221 Profesionales de enfermería

2222 Profesionales de partería

223. Profesionales de medicina tradicional y alternativa

2230 Profesionales de medicina tradicional y alternativa

224. Practicantes paramédicos

2240 Practicantes paramédicos

225. Veterinarios

2250 Veterinarios

226. Otros profesionales de la salud

2261 Dentistas

2262 Farmacéuticos

2263 Profesionales de la salud y la higiene laboral y ambiental

2264 Fisioterapeutas

2265 Dietistas y nutricionistas

2266 Audiólogos y logopedas

2267 Optometristas

2269 Profesionales de la salud no clasificados bajo otros epígrafes

23. Profesionales de la enseñanza

231. Profesores de universidades y de la enseñanza superior

2310 Profesores de universidades y de la enseñanza superior

232. Profesores de formación profesional

2320 Profesores de formación profesional

233. Profesores de enseñanza secundaria

2330 Profesores de enseñanza secundaria

234. Maestros de enseñanza primaria y maestros preescolares

2341 Maestros de enseñanza primaria

2342 Maestros preescolares

235. Otros profesionales de la enseñanza

2351 Especialistas en métodos pedagógicos

2352 Educadores para necesidades especiales

2353 Otros profesores de idiomas

2354 Otros profesores de música

2355 Otros profesores de artes

2356 Instructores en tecnología de la información

2359 Profesionales de la enseñanza no clasificados bajo otros epígrafes

ES

10.11.2009 Diario Oficial de la Unión Europea L 292/35

24. Especialistas en organización de la administración pública y de empresas 241. Especialistas en finanzas

2411 Contables

2412 Asesores financieros y en inversiones

2413 Analistas financieros

242. Especialistas en organización de administración

2421 Analistas de gestión y organización

2422 Especialistas en políticas de administración

2423 Especialistas en políticas y servicios de personal y afines

2424 Especialistas en formación del personal

243. Profesionales de las ventas, la comercialización y las relaciones públicas

2431 Profesionales de...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT