Asunto T-322/06: Recurso interpuesto el 21 de noviembre de 2006 Espinosa Labella y otros/Comisión

SectionOther
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Pretensiones de la parte demandante -- Que se anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de la OAMI de 8 de agosto de 2006, notificada a la demandante el 27 de septiembre de 2006 en el procedimiento de anulación no 830C (asunto R 945/2005-1) y, en consecuencia, que se anule la marca comunitaria no 573 774, 'GENERAL OPTICA', solicitada el 10 de julio de 1997 y registrada el 10 de septiembre de 1999 o, subsidiariamente, que se declare su caducidad.

-- Que se condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones Marca comunitaria registrada, respecto a la que se presentó una solicitud de nulidad: La marca figurativa 'GENERAL OPTICA' para servicios de la clase 42 (servicios prestados por ópticos) -Marca comunitaria no 573 774.

Titular de la marca comunitaria: General Óptica, S.A.

Parte que solicita la nulidad de la marca comunitaria: La demandante.

Marca o signo de la solicitante de la nulidad: El nombre comercial nacional anterior 'Generalóptica' para la importación y la venta al por menor de aparatos ópticos, de precisión y fotográficos.

Resolución de la División de Anulación: Desestimación de la solicitud de declaración de nulidad.

Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso.

Motivos invocados: Infracción, entre otros, del artículo 8, apartados 1 y 4, del Reglamento no 40/94 del Consejo por existir un riesgo de confusión entre los dos signos y porque el signo de la demandante disfruta de protección nacional.

Infracción de la regla 22 del Reglamento no 2868/95 de la Comisión, dado que la OAMI incumplió su obligación de pedir al demandante que presentara la prueba del uso anterior invocado.

Recurso interpuesto el 21 de noviembre de 2006 -- Espinosa Labella y otros/Comisión (Asunto T-322/06) (2006/C 326/149) Lengua de procedimiento: español Partes Demandantes: Manuel Espinosa Labella y otros (Almería, España) (representante: Ma. J. Rovira, abogada) Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas Pretensiones de las partes demandantes -- Que se declare la nulidad de la inclusión del LIC ES 166

0014 'Artos de El Ejido' en la decisión aprobada por la Comisión sobre la Región Mediterránea ordenando la retirada del mismo de la relación de 'lugares de interés comunitario' contenida en dicha decisión.

-- Subsidiariamente a la petición anterior, que se declare la nulidad de la inclusión de las fincas sitas en el municipio de El Ejido al norte de Santa María del Águila en el referido LIC o, lo que es lo mismo, que se...

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