Asunto T-120/04: Recurso interpuesto el 22 de marzo de 2004 contra la Comisión de las Comunidades Europeas por Peróxidos Orgánicos, S.A.

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

Recurso interpuesto el 26 de marzo de 2004 contra la Comisión de las Comunidades Europeas por Giuseppe Caló (Asunto T-118/04) (2004/C 118/101) (Lengua de procedimiento: francés) En el Tribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas se ha presentado el 26 de marzo de 2004 un recurso contra la Comisión de las Comunidades Europeas, formulado por el Sr. Giuseppe Caló, con domicilio en Luxemburgo, representado por Me Sébastien Orlandi, Me Albert Coolen, Me JeanNoël Louis y Me Etienne Marchal, abogados, que designa domicilio en Luxemburgo.

La parte demandante solicita al Tribunal de Primera Instancia que:

-- Anule las decisiones de la Comisión de 9 de julio y de 1 de octubre de 2003 y, en caso necesario, la decisión del Presidente de la Comisión de 29 de julio de 2003.

-- Condene a la Comisión a pagar al demandante un euro en concepto de indemnización simbólica del daño moral sufrido.

-- Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones El demandante en el presente asunto se opone a la decisión de la AFPN de asignarle un nuevo destino, con otros cuatro Directores de la DG ESTAT, con su puesto de trabajo, para que desempeñe la actividad de asesor principal del Director General de la DG en la que se halla adscrito, así como a la decisión de iniciar el procedimiento para proveer los puestos de Directores de las Direcciones ESTAT/B, ESTAT/C, ESTAT/D, ESTAT/E y ESTAT/F, en virtud de los artículos 29, apartado 1, letras a) y

c), y 29, apartado 2, del Estatuto.

Alega que se adoptaron dichas decisiones a raíz de las irregularidades observadas en el seno de EUROSTAT.

En apoyo de sus pretensiones el demandante alega:

-- Infracción del artículo 2, apartado 1, del Estatuto y de las Decisiones de la Comisión de 21 de enero de 1998 y de 9 de noviembre de 2001, relativas al ejercicio de las facultades de la AFPN, por cuanto considera que la decisión de cambiar la adscripción del demandante al puesto de asesor principal de que se trata se adoptó por una autoridad que no ostenta los poderes de AFPN.

-- Incumplimiento del deber de motivación.

-- Ilegalidad de las convocatorias para proveer plaza vacante COM/173/03, COM/174/03, COM/175/03, COM/176/03 y COM/177/03, en la medida en que, a su juicio, no establecen el marco de legalidad con respecto al cual la Institución tiene previsto realizar el examen comparativo de los méritos respectivos de los candidatos.

Por último, estima que las decisiones impugnadas atentan contra la reputación...

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