Reglamento (UE) nº 210/2013 de la Comisión, de 11 de marzo de 2013, sobre la autorización de los establecimientos que producen brotes en virtud del Reglamento (CE) nº 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo

Enforcement date:April 01, 2013
SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

L 68/24 Diario Oficial de la Unión Europea 12.3.2013

ES

REGLAMENTO (UE) N o 210/2013 DE LA COMISIÓN

de 11 de marzo de 2013

sobre la autorización de los establecimientos que producen brotes en virtud del Reglamento (CE) n o 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 852/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativo a la higiene de los productos alimenticios

( 1

), y, en particular, su artículo 6, apartado 3, letra c),

Considerando lo siguiente:

(1) En el Reglamento (CE) n o 852/2004 se establecen las normas generales en materia de higiene de los productos alimenticios destinadas a los operadores de empresa alimentaria y aplicables, entre otras cosas, a la producción primaria y a las operaciones conexas. Dicho Reglamento dispone que los operadores de empresa alimentaria velarán por que los establecimientos hayan sido autorizados por la autoridad competente, tras haber efectuado al menos una visita in situ cuando sea necesaria una autorización con arreglo a la legislación nacional, al Reglamento (CE) n o 853/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo

( 2

) o bien a una decisión adoptada de conformidad con el Reglamento (CE) n o 852/2004.

(2) A raíz de la aparición de focos de E. coli productora de toxinas Shiga, en mayo de 2011 en la Unión, se determinó que el origen más probable del fenómeno era el consumo de brotes.

(3) El 20 de octubre de 2011, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («EFSA») adoptó un dictamen científico sobre el riesgo que planteaba la Escherichia coli productora de toxinas Shiga y otras bacterias patógenas en semillas y semillas germinadas

( 3 ). En su dictamen, la EFSA llega a la conclusión de que la contaminación de semillas secas con bacterias patógenas es el origen inicial más probable de los focos relacionados con brotes. Por otra parte, en el dictamen se afirma que, debido al elevado nivel de humedad y a la temperatura favorable durante el proceso de germinación, las bacterias patógenas presentes en semillas secas pueden multiplicarse durante la germinación y dar lugar a un riesgo para la salud pública.

(4) Con el fin de garantizar la protección de la salud pública en la Unión y a efectos del mencionado dictamen de la EFSA, se han adoptado el Reglamento (UE) n o 209/2013 de la Comisión

( 4 ) por el...

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