Reglamento Delegado (UE) 2015/2170 de la Comisión, de 24 de noviembre de 2015, por el que se modifica la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los umbrales de aplicación en los procedimientos de adjudicación de contratos

Enforcement date:January 01, 2016
SectionReglamento delegado
Issuing OrganizationComisión Europea

25.11.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 307/5

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE (1), y, en particular, su artículo 6.

Considerando lo siguiente:

(1) Mediante la Decisión 94/800/CE (2), el Consejo celebró el Acuerdo sobre Contratación Pública («el Acuerdo») (3). El Acuerdo debe aplicarse a todo contrato público cuyo valor alcance o sobrepase determinados importes («umbrales»), establecidos en el Acuerdo y expresados en derechos especiales de giro.

(2) Uno de los objetivos de la Directiva 2014/24/UE es permitir a los poderes adjudicadores que la aplican respetar al mismo tiempo las obligaciones del Acuerdo. A tal efecto, cuando se trate de contratos públicos que también están cubiertos por el Acuerdo, los umbrales previstos por dicha Directiva deben adecuarse de modo que correspondan al contravalor en euros, redondeado al millar más cercano, de los umbrales fijados en el Acuerdo.

(3) En aras de la coherencia, es conveniente adecuar también los umbrales a que se refiere la Directiva 2014/24/UE que no están cubiertos por el Acuerdo. Procede, por tanto, modificar la Directiva 2014/24/UE en consecuencia.

(4) Puesto que el cálculo de los umbrales revisados debe hacerse sobre la base de un valor medio del euro durante un período determinado que finalizó el 31 de agosto, y puesto que los umbrales revisados deben publicarse en el Diario Oficial de la Unión Europea a principios de noviembre, el presente Reglamento debe adoptarse mediante el procedimiento de urgencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

La Directiva 2014/24/UE queda modificada como sigue:

1) El artículo 4 queda modificado como sigue: a) en la letra a), el importe «5 186 000 EUR» se sustituye por «5 225 000 EUR»;

b) en la letra b), el importe «134 000 EUR» se sustituye por «135 000 EUR»;

c) en la letra c), el importe «207 000 EUR» se sustituye por «209 000 EUR».

2) El artículo 13, párrafo primero, queda modificado como sigue: a) en la letra a), el importe «5 186 000 EUR» se sustituye por «5 225 000 EUR»;

b) en la letra b), el importe «207 000 EUR» se sustituye por «209 000 EUR»,

El presente Reglamento...

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