Reglamento Delegado (UE) 2019/1867 de la Comisión de 28 de agosto de 2019 por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo al establecimiento de la financiación a tipo fijo

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

8.11.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 289/6

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) n.o 1083/2006 del Consejo (1), y en particular su artículo 67, apartado 5 bis,

Considerando lo siguiente:

(1) Con miras a simplificar el uso de la financiación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), el Fondo Social Europeo (FSE), el Fondo de Cohesión, el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) y reducir tanto la carga administrativa como el riesgo de error, conviene establecer un tipo fijo para el reembolso de costes a uno o varios beneficiarios de las operaciones subvencionadas en el marco de la asistencia técnica sin que sea necesario justificar el tipo. Esto incluye los casos en que la autoridad de gestión, el organismo pagador u otro organismo estén llevando a cabo operaciones de asistencia técnica.

(2) El nivel del tipo fijo se basa en los límites máximos y en la asignación real para la asistencia técnica en los programas, así como en los datos de absorción de los períodos de programación anteriores. El método de reembolso a tipo fijo no afecta a la asignación financiera destinada a la asistencia técnica en los programas adoptados. Puede usarse también en programas subvencionados por más de un fondo, incluso si la prioridad de asistencia técnica recibe ayuda de un fondo distinto del que subvenciona otras prioridades distintas de la asistencia técnica en el marco del mismo programa.

(3) Además, con el fin de facilitar la gestión financiera en el contexto de las disposiciones de programación vigentes, debe especificarse en el caso del FEDER, el FSE y el Fondo de Cohesión, así como del FEMP, que la base para la aplicación del tipo es el gasto subvencionable en los ejes prioritarios distintos del eje prioritario de asistencia técnica del programa en el que se utiliza el método de reembolso...

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