Reglamento Delegado (UE) 2022/342 de la Comisión, de 21 de diciembre de 2021, por el que se completa el Reglamento (UE) 2021/1153 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los criterios de selección específicos y los detalles del proceso de selección de proyectos transfronterizos en el ámbito de las energías renovables

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

1.3.2022 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 62/1

(1) La Directiva (UE) 2018/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo (2) introdujo un nuevo objetivo vinculante para la Unión en materia de energías renovables para 2030. Asimismo, fomenta el uso de mecanismos de cooperación como instrumentos eficaces que contribuyen a la consecución de ese objetivo.

(2) El Reglamento (UE) 2021/1153 amplía el ámbito de aplicación del instrumento más allá de las redes transeuropeas a la producción de energías renovables, y establece una nueva categoría de proyectos que pueden ser financiados en el marco del Mecanismo «Conectar Europa» (MCE): los «proyectos transfronterizos en el ámbito de las energías renovables».

(3) Los proyectos transfronterizos en el ámbito de las energías renovables («proyectos transfronterizos de energías renovables») deben tener por objeto permitir el despliegue rentable de las energías renovables en la Unión, ayudar a la consecución del objetivo vinculante de la Unión en materia de energías renovables en 2030, como se establece en la Directiva (UE) 2018/2001, y contribuir a la adopción estratégica de tecnologías renovables innovadoras. Estos proyectos también deben contribuir a la descarbonización, la realización del mercado interior de la energía y la mejora de la seguridad del suministro mediante el fomento de la cooperación transfronteriza entre Estados miembros en torno a la planificación, el desarrollo y la explotación rentable de las fuentes de energía renovables.

(4) Para poder optar a la financiación, los proyectos transfronterizos en el ámbito de las energías renovables deben incluirse primero en una lista de proyectos transfronterizos de energías renovables. La categoría oficial de «proyecto transfronterizo en el ámbito de las energías renovables» puede reportar beneficios, como una mayor visibilidad, una mayor seguridad para los inversores y un mayor apoyo por parte de los Estados miembros.

(5) Un promotor cuyo proyecto ha sido seleccionado para su inclusión en la lista de proyectos transfronterizos en el ámbito de las energías renovables también puede solicitar financiación con arreglo al Reglamento (UE) 2021/1153 para estudios u obras relacionados con dicho proyecto.

(6) Los objetivos, los criterios generales que deben cumplirse y el procedimiento que debe seguirse para los proyectos transfronterizos en el ámbito de las energías renovables se establecen en la parte IV del anexo del Reglamento (UE) 2021/1153. El artículo 7 de ese Reglamento faculta a la Comisión para adoptar un acto delegado por el que se establezcan los criterios de selección específicos y los detalles del proceso de selección de los proyectos transfronterizos que deben incluirse en la lista de proyectos transfronterizos en el ámbito de las energías renovables.

(7) Los proyectos transfronterizos en materia de energías renovables deben establecerse mediante un mecanismo de cooperación. Este mecanismo puede adoptar la forma de cualquiera de los acuerdos de cooperación previstos en los artículos 8, 9, 11 y 13 de la Directiva (UE) 2018/2001 y puede establecerse entre dos o más Estados miembros, o entre uno o varios Estados miembros y uno o varios países no pertenecientes a la UE. Para que se cumpla este criterio, es importante que haya pruebas de un cierto grado de apoyo por parte de los Estados miembros y, en su caso, de los países no pertenecientes a la UE, implicados en el proyecto. Por este motivo, debe presentarse una declaración por escrito en la que se manifieste la voluntad de apoyar el proyecto a través de un acuerdo de cooperación, validada por una institución responsable en cada uno de los Estados miembros y, cuando proceda, de los países no pertenecientes a la UE, que participen en el proyecto. No existen restricciones específicas en cuanto al formato de la declaración.

(8) De conformidad con el artículo 11 del Reglamento (UE) 2021/1153, las entidades jurídicas, incluidas las empresas conjuntas, establecidas en un Estado miembro, son admisibles para participar en el programa. Así pues, pueden presentar una solicitud para un proyecto conjunto establecido mediante un acuerdo de cooperación, incluidos proyectos que impliquen a un país no perteneciente a la UE, en virtud de...

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