Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1882 de la Comisión de 8 de noviembre de 2019 por el que se inician procedimientos de licitación en relación con el importe de la ayuda para el almacenamiento privado de aceite de oliva

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

11.11.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 290/12

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (1), y en particular su artículo 18, apartado 2, y su artículo 20, párrafo primero, letras m) y o),

Considerando lo siguiente:

(1) El precio de los aceites de oliva vírgenes en los mercados español, griego y portugués se ha mantenido sistemáticamente bajo y próximo a los umbrales de referencia establecidos en el artículo 1 bis, apartado 1, letra g), del Reglamento (UE) n.o 1370/2013 del Consejo (2) durante varios meses.

(2) Las perspectivas de otra buena cosecha consecutiva en la Unión, la acumulación de existencias y las incertidumbres actuales en el comercio exterior crean un desequilibrio entre la oferta y la demanda que, a su vez, ejerce una presión a la baja sobre los precios de los aceites de oliva vírgenes y causa una grave perturbación a amplias partes del mercado de la Unión.

(3) España es el mayor productor de aceite de oliva de la Unión y su líder en materia de precios. Las existencias excepcionalmente altas de España, por tanto, pueden prolongar y exacerbar la grave perturbación del mercado de la Unión de los aceites de oliva vírgenes.

(4) Para reducir el actual desequilibrio entre la oferta y la demanda y atenuar esas condiciones de mercado adversas, procede conceder una ayuda al almacenamiento privado de aceites de oliva vírgenes.

(5) El Reglamento Delegado (UE) n.o 2016/1238 de la Comisión (3) y el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1240 de la Comisión (4), que establecen normas comunes para la aplicación de un régimen de almacenamiento privado, deben aplicarse a la ayuda al almacenamiento privado de aceites de oliva vírgenes.

(6) En aras de un sistema operativo flexible, el importe de la ayuda debe fijarse mediante licitación. A tal fin, conviene establecer varios subperíodos de licitación.

(7) Para que los distintos operadores puedan beneficiarse de la medida, cada uno de ellos debe presentar un máximo de una oferta por categoría de aceite de oliva virgen por subperíodo.

(8) Para que la ayuda al almacenamiento privado sea eficaz y tenga un impacto real en el mercado, debe concederse a los aceites...

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