Reglamento de Ejecución (UE) 2020/891 de la Comisión de 26 de junio de 2020 que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 447/2014 en lo que respecta a las disposiciones específicas para armonizar las disposiciones relativas a la ejecución de los programas de cooperación transfronteriza financiados en el marco del Instrumento de Ayuda Preadhesión (IAP) con medidas específicas en respuesta a la pandemia de COVID-19

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

30.6.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 206/3

(1) De conformidad con el artículo 33 del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 447/2014 de la Comisión (2), serán de aplicación las normas aplicables al objetivo de cooperación territorial europea previstas en los Reglamentos (UE) n.o 1303/2013 (3) y (UE) n.o 1299/2013 (4) del Parlamento Europeo y del Consejo.

(2) La ejecución de los programas de cooperación transfronteriza, tanto en el marco del Instrumento de Ayuda Preadhesión (IAP II) como del objetivo de cooperación territorial europea, se ha visto afectada de un modo sin precedentes por las consecuencias de la pandemia de COVID-19. Todo ello ha generado una situación excepcional que es necesario abordar con medidas específicas. Estas medidas deben permitir que los programas de cooperación transfronteriza en el marco del IAP II contribuyan a dar respuesta a las necesidades que están surgiendo rápidamente de manera flexible y efectiva con respecto a los sectores más expuestos, como la asistencia sanitaria, las empresas, incluidas las pequeñas y medianas empresas, y el mercado de trabajo, fomentando de esta manera la recuperación socioeconómica en las zonas de los programas.

(3) Las medidas específicas introducidas por los Reglamentos (UE) 2020/460 (5) y (UE) 2020/558 (6) del Parlamento Europeo y del Consejo se aplican a los programas de cooperación transfronteriza en el marco de la cooperación territorial europea y a los programas de cooperación transfronteriza en el marco del IAP II, en la medida en que los artículos 33 a 48 del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 447/2014 se refieren a disposiciones modificadas por los Reglamentos (UE) 2020/460 y (UE) 2020/558. No obstante, procede también modificar algunas disposiciones del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 447/2014 que no están cubiertas por esas medidas específicas.

(4) Con objeto de aliviar la carga que la respuesta a la pandemia de COVID-19 supone para los presupuestos públicos, debe darse a las autoridades de gestión la posibilidad excepcional de solicitar un porcentaje de cofinanciación del 100 % para el ejercicio contable 2020-2021, de conformidad con los créditos presupuestarios y en función de la financiación disponible.

(5) Con el fin de ofrecer una mayor flexibilidad para hacer frente a la pandemia de COVID‐19, debe proporcionarse a los Estados miembros una mayor flexibilidad en la ejecución de los programas y debe proporcionarse un procedimiento simplificado que no requiera...

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