Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1002 de la Comisión de 9 de julio de 2020 por el que se establece una excepción al Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2072en lo que respecta a los requisitos para la introducción en la Unión de madera de fresno originaria de los Estados Unidos o transformada en dicho país

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

10.7.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 221/122

(1) La Decisión de Ejecución (UE) 2018/1203 de la Comisión (2) autoriza a los Estados miembros a conceder excepciones temporales a determinadas disposiciones de la Directiva 2000/29/CE del Consejo (3) en lo que respecta a los requisitos especiales relativos a la introducción en la Unión de madera de fresno (Fraxinus L.) originaria de los Estados Unidos o transformada en dicho país.

(2) La Directiva 2000/29/CE ha sido derogada y sustituida por el Reglamento (UE) 2016/2031. El Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2072 de la Comisión (4), por el que se establecen normas y requisitos para la introducción en la Unión de determinados vegetales, productos vegetales y otros objetos, ha sustituido a los anexos I a V de dicha Directiva.

(3) De conformidad con el artículo 8, apartado 1, del Reglamento (UE) 2019/2072, en relación con el punto 87 de su anexo VII, la introducción en la Unión de madera de fresno originaria de los Estados Unidos o transformada en dicho país («la madera especificada») está sujeta a determinados requisitos especiales para evitar el riesgo de infestación por la plaga Agrilus planipennis Fairmaire en la Unión. Estos requisitos difieren en cierta medida de los establecidos en la Decisión de Ejecución (UE) 2018/1203 por lo que respecta a la introducción en la Unión de la madera especificada, su inspección y su supervisión.

(4) Sobre la base de recientes auditorías de la Comisión realizadas en 2018 y 2019, se ha concluido que, al aplicar bajo su control oficial los requisitos establecidos en la Decisión de Ejecución (UE) 2018/1203, los Estados Unidos garantizan un nivel de protección fitosanitaria equivalente al logrado mediante los requisitos establecidos en el punto 87, letras a) y b), del anexo VII del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2072.

(5) La Decisión de Ejecución (UE) 2018/1203 es aplicable hasta el 30 de junio de 2020. El 16 de enero de 2020, los Estados Unidos solicitaron una prórroga de esa excepción más allá del 30 de junio de 2020.

(6) Con el fin de garantizar la continuación de las importaciones de madera de fresno originaria de los Estados Unidos o transformada en dicho país, conviene establecer una excepción a lo dispuesto en el artículo 8, apartado 1, y en el punto 87, letras a) y b), del anexo VII del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2072 y permitir la introducción en la Unión de la madera especificada siempre que esté sujeta al cumplimiento de requisitos...

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