Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1667 de la Comisión de 10 de noviembre de 2020 que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/977 en lo que se refiere al período de aplicación de las medidas temporales en relación con los controles de la producción de productos ecológicos

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

11.11.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 377/5

(1) La pandemia de COVID-19 y las amplias restricciones de movimiento impuestas en los Estados miembros y en terceros países a través de medidas nacionales constituyen un desafío excepcional e inédito para los Estados miembros y los operadores en lo concerniente a la realización de los controles contemplados en el Reglamento (CE) n.o 834/2007 y en los Reglamentos (CE) n.o 889/2008 (2) y (CE) n.o 1235/2008 de la Comisión (3).

(2) Al objeto de hacer frente a las circunstancias específicas debidas a la actual crisis relacionada con la pandemia de COVID-19, el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/977 de la Comisión (4) permite a los Estados miembros aplicar medidas temporales que establezcan excepciones a los Reglamentos (CE) n.o 889/2008 y (CE) n.o 1235/2008 en relación con el sistema de control de la producción de productos ecológicos y determinados procedimientos previstos en el sistema informático veterinario integrado (TRACES).

(3) Los Estados miembros han informado a la Comisión de que, habida cuenta de la crisis relacionada con la pandemia de COVID-19, seguirán produciéndose algunas perturbaciones graves en el funcionamiento de sus sistemas de control en el sector ecológico después del 30 de septiembre de 2020. A fin de hacer frente a dichas perturbaciones, debe prorrogarse el período de aplicación del Reglamento de Ejecución (UE) 2020/977.

(4) En lo concerniente a los controles y otras actividades oficiales contemplados en el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo (5), el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/466 de la Comisión (6) permite a los Estados miembros aplicar hasta el 1 de febrero de 2021 medidas temporales destinadas a contener los riesgos para la salud humana, la salud animal, la sanidad vegetal y el bienestar de los animales en la situación específica debida a la COVID-19. Por consiguiente, las excepciones previstas en el Reglamento de Ejecución (UE) 2020/977 deben seguir aplicándose hasta esa fecha. No obstante, los porcentajes mínimos relativos al número...

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