Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1727 de la Comisión de 18 de noviembre de 2020 que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 en lo que atañe a determinadas normas sobre los operadores económicos autorizados

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

19.11.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 387/1

(1) Con el fin de garantizar, a efectos de la concesión del estatuto de operador económico autorizado, una aplicación uniforme del criterio establecido en el artículo 39, letra a), del Reglamento (UE) n.o 952/2013 («Código»), relativo a la inexistencia de infracciones graves o reiteradas de la legislación aduanera y de la normativa fiscal, en particular que no haya habido condena alguna por un delito grave, es necesario aclarar determinadas disposiciones del artículo 24 del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 de la Comisión (2). En primer lugar, es necesario aclarar que, por lo que se refiere a las infracciones, el criterio se cumple si ninguna autoridad administrativa o judicial ha adoptado una decisión que concluya que una persona contemplada en el artículo 24, apartado 1, letra b), ha cometido tales infracciones durante los tres años precedentes. Los hechos que hayan dado lugar a las infracciones deben haberse producido en los tres años precedentes, incluso a pesar de que, en algunos casos, la autoridad administrativa o judicial pueda pronunciarse sobre tales hechos después de que hayan transcurrido esos tres años. En segundo lugar, es necesario aclarar que las infracciones graves o reiteradas de la legislación aduanera o de la normativa fiscal son aquellas relacionadas con la actividad económica de las personas contempladas en dicha letra b). En tercer lugar, es necesario aclarar qué personas distintas del solicitante deben, dependiendo de la estructura organizativa del solicitante, ser evaluadas con respecto al criterio.

(2) Procede, por tanto, modificar el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 en consecuencia.

(3) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT