Reglamento de Ejecución (UE) 2022/423 de la Comisión, de 14 de marzo de 2022, por el que se establecen las especificaciones técnicas, las medidas y otros requisitos para la implementación del sistema informático descentralizado a que se refiere el Reglamento (UE) 2020/1784 del Parlamento Europeo y del Consejo

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

15.3.2022 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 87/9

(1) Con el fin de establecer el sistema informático descentralizado, es necesario definir y adoptar especificaciones técnicas, medidas y otros requisitos para la implementación de dicho sistema.

(2) Existen herramientas de intercambio digital de datos procesales que ni sustituyen a los sistemas informáticos ya establecidos en los Estados miembros, ni requieren modificaciones costosas de dichos sistemas. La herramienta más importante en este sentido es e-CODEX (Sistema de comunicación para la justicia digital mediante intercambio electrónico de datos).

(3) El sistema informático descentralizado debe estar compuesto por los sistemas finales (back-end) de los Estados miembros y los puntos de acceso interoperables, a través de los cuales están interconectados. Los puntos de acceso del sistema informático descentralizado deben basarse en e-CODEX.

(4) Una vez desarrollado el sistema informático descentralizado, el comité directivo asegurará su funcionamiento y mantenimiento. La Comisión debe crear el comité de dirección en un acto separado.

(5) El Supervisor Europeo de Protección de Datos, al que se consultó de conformidad con el artículo 42, apartado 1, del Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), emitió su dictamen el 24 de enero de 2022.

(6) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité relativo a la notificación y al traslado en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil.

2.1. «Protocolo seguro de transferencia de hipertexto» o «HTTPS»: canales de comunicación cifrada y conexión segura.

2.2. «Portal»: la solución de implementación de referencia o la solución nacional conectada al sistema informático descentralizado.

2.3. «No repudio del origen»: medidas que certifican la integridad y el origen de los datos, con métodos tales como la certificación digital, las infraestructuras de clave pública y las firmas digitales.

2.4. «No repudio de la recepción»: medidas que certifican al originador que el destinatario previsto ha recibido los datos, con métodos tales como la certificación digital, las infraestructuras de clave pública y las firmas digitales.

2.5. «SOAP»: según las normas del Consorcio World Wide Web, especificación de protocolo de mensajería para el intercambio de información estructurada al implementar servicios web en redes informáticas.

2.6. «Servicio web»: sistema de...

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