Reglamento (UE) 2021/1701 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de septiembre de 2021 por el que se modifica el Reglamento (UE) 2020/2222 para prorrogar el período de validez de los certificados de seguridad y las licencias de empresas ferroviarias que operen a través de la conexión fija del canal de la Mancha (Texto pertinente a efectos del EEE)

SectionSerie L
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

24.9.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 339/1

(1) Para garantizar la conectividad entre la Unión y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte (en lo sucesivo, «Reino Unido») tras finalizar el período transitorio a que se refiere el artículo 126 del Acuerdo sobre la retirada del Reino Unido de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica (2), así como la continuidad de las actividades de las empresas ferroviarias establecidas en el Reino Unido y titulares de una licencia expedida por dicho país que operen a través de la conexión fija del canal de la Mancha, el Reglamento (UE) 2020/2222 del Parlamento Europeo y del Consejo (3) ha prorrogado hasta el 30 de septiembre de 2021 el período de validez de las licencias expedidas por el Reino Unido en virtud de la Directiva 2012/34/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (4) a las empresas ferroviarias establecidas en su territorio, así como el período de validez de los certificados de seguridad expedidos a esas empresas en virtud de la Directiva 2004/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (5) por parte de la Comisión Intergubernamental establecida con arreglo al artículo 10 del Tratado entre el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y la República Francesa relativo a la construcción y la explotación por concesionarios privados de una conexión fija a través del canal de la Mancha, firmado en Canterbury el 12 de febrero de 1986 (en lo sucesivo, «Tratado de Canterbury»).

(2) La Decisión (UE) 2020/1531 del Parlamento Europeo y del Consejo (6) otorga poderes a Francia y al Reino Unido para celebrar un acuerdo internacional que complete el Tratado de Canterbury por lo que respecta a la aplicación de las normas de seguridad ferroviaria en la conexión fija a través del canal de la Mancha. Sin embargo, todavía no se ha celebrado dicho acuerdo, ni es probable que se celebre en breve.

(3) En estas circunstancias, Francia está negociando con el Reino Unido un acuerdo transfronterizo relativo a los certificados de seguridad con arreglo al artículo 14 de la Directiva 2012/34/UE. Francia ya ha negociado un acuerdo de este tipo en relación con las licencias de las empresas ferroviarias, tal como se notificó a la Comisión el 1 de junio de 2021 y fue autorizado por esta el 20 de agosto de 2021. Se espera que los procedimientos internos que exige el Derecho de Francia y el del Reino Unido para la aplicación provisional o la entrada en vigor de esos acuerdos tarden...

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