Reglamento (UE) 2021/523 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de marzo de 2021, por el que se establece el Programa InvestEU y se modifica el Reglamento (UE) 2015/1017

SectionSerie L
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

26.3.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 107/30

(1) La pandemia de COVID-19 supone una gran perturbación para la economía mundial y de la Unión, y está teniendo importantes repercusiones sociales y económicas en los Estados miembros y en sus regiones. Debido a las imprescindibles medidas de contención, la actividad económica ha disminuido significativamente en la Unión. Está previsto que la contracción del PIB de la Unión en 2020 se acerque al 7,4 %, un porcentaje mucho peor que el de la crisis financiera de 2009. La actividad de inversión ha disminuido de manera significativa. Es necesario abordar algunas vulnerabilidades como la dependencia excesiva de fuentes de suministro del exterior no diversificadas y la falta de infraestructuras esenciales, en especial para las pequeñas y medianas empresas (pymes), incluidas las microempresas, por ejemplo mediante la diversificación y el refuerzo de las cadenas de valor estratégicas, a fin de mejorar la respuesta de la Unión ante las emergencias así como la resiliencia de toda la economía, y al mismo tiempo mantener su apertura a la competencia y al comercio en consonancia con sus normas. Ya antes de la pandemia, si bien podía observarse una recuperación de las ratios inversión/PIB en la Unión, el nivel de inversión seguía por debajo de lo que habría cabido esperar en un período de fuerte reactivación y resultaba insuficiente para compensar los años de déficit de inversión que siguieron a la crisis de 2009. Sobre todo, los niveles y previsiones de inversión actuales no cubren las necesidades de inversión estructural de la Unión para reiniciar y mantener un crecimiento a largo plazo ante los cambios tecnológicos y la competitividad mundial, en particular en cuanto a innovación, desarrollo de capacidades, infraestructuras, pymes y la necesidad de hacer frente a retos sociales de gran importancia como la sostenibilidad y el envejecimiento de la población. En consecuencia, a fin de alcanzar los objetivos estratégicos de la Unión y de respaldar una recuperación económica rápida, sostenible, inclusiva, duradera y robusta, se requiere apoyo para hacer frente a los fallos de mercado y las situaciones de inversión subóptimas y reducir el déficit de inversión en sectores específicos.

(2) Las evaluaciones han puesto de manifiesto que la variedad de instrumentos financieros disponibles en virtud del marco financiero plurianual 2014-2020 ha provocado algunos solapamientos en sus ámbitos de aplicación. Esta variedad también generó complejidad para los intermediarios y los perceptores finales, que se enfrentaron a diferentes criterios de subvencionabilidad y normas sobre presentación de informes. La falta de normas compatibles obstaculizó, a su vez, la combinación de varios fondos de la Unión, a pesar de los beneficios de dichas combinaciones en el apoyo a proyectos que necesitan diferentes tipos de financiación. Por lo tanto, debe crearse un fondo único, el Fondo InvestEU, que aproveche la experiencia adquirida con el Fondo Europeo para Inversiones Estratégicas (FEIE) establecido en el marco del Plan de Inversiones para Europa, a fin de ofrecer un funcionamiento más eficaz de la ayuda a los perceptores finales al integrar y simplificar la oferta de financiación bajo un único sistema de garantía presupuestaria, mejorando así el impacto de la ayuda de la Unión y reduciendo simultáneamente el coste que se vaya a asumir con cargo al presupuesto de la Unión.

(3) En los últimos años, la Unión ha adoptado distintas estrategias ambiciosas para completar el mercado interior y estimular el crecimiento y el empleo sostenibles e inclusivos. Dichas estrategias incluyen: «Europa 2020: una estrategia para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador», de 3 de marzo de 2010; el «Plan de acción para la creación de una Unión de los Mercados de Capitales», de 30 de septiembre de 2015; «Cerrar el círculo: un plan de acción de la UE para la economía circular», de 2 de diciembre de 2015; la «Estrategia europea a favor de la movilidad de bajas emisiones», de 20 de julio de 2016; la «Estrategia espacial para Europa», de 26 de octubre de 2016; «Energía limpia para todos los europeos», de 30 de noviembre de 2016; el «Plan de Acción Europeo de la Defensa», de 30 de noviembre de 2016; «Poner en marcha el Fondo Europeo de Defensa», de 7 de junio de 2017; la «Proclamación interinstitucional sobre el pilar europeo de derechos sociales», de 13 de diciembre de 2017; la «Nueva Agenda Europea para la Cultura», de 22 de mayo de 2018; el «Pacto Verde Europeo», de 11 de diciembre de 2019; el «Plan de Inversiones del Pacto Verde Europeo», de 14 de enero de 2020; «Una Europa social fuerte para unas transiciones justas», de 14 de enero de 2020; la estrategia para «Configurar el futuro digital de Europa», «Una Estrategia Europea de Datos» y el libro blanco «sobre la inteligencia artificial - un enfoque europeo orientado a la excelencia y la confianza», de 19 de febrero de 2020; «Una nueva estrategia industrial para Europa», de 10 de marzo de 2020; y la «Estrategia para las pymes en pro de una Europa sostenible y digital», de 10 de marzo de 2020. El Fondo InvestEU debe aprovechar y reforzar las sinergias entre esas estrategias que se refuerzan mutuamente, mediante el apoyo a la inversión y el acceso a financiación. Asimismo, la Unión ha adoptado el Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo (3).

(4) A escala de la Unión, el Semestre Europeo para la coordinación de las políticas económicas constituye el marco en el que se determinan las prioridades de las reformas nacionales y se hace el seguimiento de su ejecución. Los Estados miembros, en cooperación, en su caso, con las autoridades locales y regionales, formulan sus propias estrategias nacionales de inversión plurianual en apoyo de dichas prioridades de reforma. Dichas estrategias deben presentarse junto con los programas nacionales de reforma anuales como medio para esbozar y coordinar proyectos de inversión prioritarios que deben financiarse con fondos nacionales, de la Unión, o ambos. También deben servir para utilizar la financiación de la Unión de forma coherente y para maximizar el valor añadido de la ayuda financiera que se reciba, en particular la procedente de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia que establece el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo (4) y el Programa InvestEU.

(5) El Fondo InvestEU debe contribuir a la mejora tanto de la competitividad como de la convergencia y la cohesión socioeconómicas de la Unión, incluyendo los sectores de la innovación y la digitalización, al uso eficiente de los recursos con arreglo a un enfoque de economía circular, a la sostenibilidad e inclusividad del crecimiento económico de la Unión y a la resiliencia social y la integración de los mercados de capitales de la Unión, especialmente mediante soluciones que aborden la fragmentación de estos mercados de capitales y diversifiquen las fuentes de financiación para las empresas de la Unión. A tal fin, el Fondo InvestEU debe apoyar proyectos que sean técnica y económicamente viables, aportando un marco para el uso de instrumentos de deuda, de distribución de riesgos, de capital y de cuasicapital respaldados por una garantía del presupuesto de la Unión y por contribuciones financieras de entidades gestoras asociadas, según proceda. El Fondo InvestEU debe estar orientado a la demanda y, al mismo tiempo, debe centrarse en proporcionar beneficios estratégicos a largo plazo en relación con ámbitos clave de la política de la Unión que, de otro modo, no se financiarían o no se financiarían suficientemente y, de este modo, contribuir a la consecución de los objetivos estratégicos de la Unión. El apoyo del Fondo InvestEU debe abarcar una amplia gama de sectores y regiones, aunque debe evitar una excesiva concentración sectorial o geográfica y debe facilitar el acceso a la financiación de proyectos conformados por entidades colaboradoras en numerosos territorios de toda la Unión, entre ellos, proyectos que fomenten el desarrollo de redes, grupos y centros de innovación digital.

(6) Los sectores cultural y creativo son sectores fundamentales y de rápido crecimiento en la Unión que pueden desempeñar un papel importante a la hora de garantizar una recuperación sostenible y que generan un valor tanto económico como cultural derivado de la propiedad intelectual y de la creatividad individual. No obstante, las restricciones de contacto social impuestas durante la crisis de la COVID-19 han tenido repercusiones económicas particularmente negativas en estos sectores. Además, el carácter inmaterial de los activos de estos sectores limita el acceso de las pymes y organizaciones de dichos sectores a la financiación privada, que resulta fundamental para poder invertir, crecer y competir a escala internacional. El Programa InvestEU debe seguir facilitando el acceso a la financiación a las pymes y a las organizaciones de estos sectores. Los sectores cultural, creativo, audiovisual y de los medios de comunicación resultan esenciales para la libertad de expresión y la diversidad cultural, y para construir sociedades democráticas y cohesionadas en la era digital, y son un elemento inherente a nuestra soberanía y nuestra autonomía. Las inversiones en dichos sectores pueden determinar su competitividad y su capacidad a largo plazo para producir y distribuir contenidos de calidad a un amplio público más allá de las fronteras nacionales.

(7) A fin de reforzar el crecimiento, la inversión y el empleo sostenibles e integradores, y de contribuir así a la mejora del bienestar, a una distribución más justa de los ingresos y a una mayor cohesión económica, social y territorial en la Unión, el Fondo InvestEU debe respaldar las inversiones en activos materiales e inmateriales, como el patrimonio cultural. Los proyectos financiados mediante el Fondo InvestEU deben respetar las normas...

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