Resumen de la Decisión de la Comisión de 7 de octubre de 2020 relativa a un procedimiento en virtud del artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y del artículo 54 del Acuerdo EEE (Asunto AT.40608 - Broadcom) [notificada con el número C(2020) 6765]

SectionSerie C
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

10.3.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 81/9

1) La Decisión hace vinculantes los compromisos ofrecidos por Broadcom Inc. («Broadcom») para responder a las preocupaciones de la Comisión expresadas en su evaluación preliminar, de conformidad con el artículo 9, apartado 1, del Reglamento (CE) n.o 1/2003 del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativo a la aplicación de las normas sobre competencia previstas en los artículos 81 y 82 del Tratado [«Reglamento (CE) n.o 1/2003»].

2) El 26 de junio de 2019, la Comisión incoó un procedimiento con miras a la adopción de una decisión en virtud del capítulo III del Reglamento (CE) n.o 1/2003. Ese mismo día, la Comisión adoptó un pliego de cargos dirigido a Broadcom en el que se describían las conclusiones preliminares de la Comisión en lo que respecta a la necesidad de imponer medidas provisionales, de conformidad con el artículo 8 del Reglamento (CE) n.o 1/2003, en relación con aspectos específicos del comportamiento de Broadcom que era objeto de la investigación de la Comisión.

3) El 16 de octubre de 2019, la Comisión adoptó una Decisión con arreglo al artículo 8 del Reglamento (CE) n.o 1/2003 («Decisión sobre medidas provisionales»), en la que exponía sus conclusiones sobre la existencia, a primera vista, de una infracción de las normas de competencia y la necesidad de imponer medidas provisionales debido al riesgo de perjuicio grave e irreparable para la competencia causado por el comportamiento de Broadcom. La Decisión de medidas provisionales obligaba a Broadcom a dejar unilateralmente de aplicar, con efecto inmediato, determinadas disposiciones de incentivación de la exclusividad contenidas en acuerdos con seis de sus clientes.

4) El 1 de abril de 2020, Broadcom presentó a la Comisión compromisos iniciales («compromisos iniciales») en respuesta a las preocupaciones expuestas en el pliego de cargos y en la Decisión sobre medidas provisionales. El 30 de abril de 2020, la Comisión publicó un anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea, de conformidad con el artículo 27, apartado 4, del Reglamento (CE) n.o 1/2003 («prueba de mercado»), en el que se resumía el asunto y los compromisos iniciales e invitaba a los terceros interesados a presentar sus observaciones sobre los compromisos iniciales.

5) El 29 de junio de 2020, la Comisión informó a Broadcom de las observaciones recibidas de terceros interesados tras la publicación del anuncio. El 31 de julio de 2020, Broadcom presentó una...

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