2004/C 11 E/109P-0701/03 de Rosa Miguélez Ramos a la Comisión Asunto: Ejecución del IFOP en Galicia

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

otro proceso o instrumento comunitario existe. No se pretende reemplazar instrumentos existentes ni modificar las responsabilidades de los responsables políticos a nivel europeo y nacional. El planteamiento quiere reforzar la cooperación política entre Estados miembros. Una base general para medidas destinadas a fomentar la cooperación entre Estados miembros figura en el artículo 137 del Tratado de Niza, que afirma que la Comunidad apoyará y complementará las actividades de los Estados miembros en determinados campos, incluida la modernización de los sistemas de protección social.

En el campo de las pensiones, el método abierto de coordinación fue definido en el informe conjunto por el Comité de protección social y el Comité de política económica durante el Consejo Europeo de Laeken, en diciembre de 2001. Este informe declara que el objetivo del método abierto de coordinación es ayudar a los Estados miembros a desarrollar sus propias estrategias nacionales. Además, afirma que no cambia las responsabilidades respectivas de los responsables políticos a nivel europeo y nacional y que se sitúa junto a una gama de procesos fiables de la UE que, como parte de su mandato más amplio, tratan aspectos de las políticas de pensiones. El informe enumera estos otros procesos, que incluyen las Orientaciones Generales de Política Económica y el Pacto de Estabilidad y Crecimiento. En lo que respecta a las modalidades del método abierto de coordinación en el campo de las pensiones, implica acordar objetivos comunes amplios para los sistemas (definidos como: suficiencia, continuidad financiera y modernización de los sistemas), informar sobre las estrategias nacionales según estos objetivos, supervisar periódicamente el avance hacia estos objetivos y acordar indicadores. No hay ninguna posibilidad de hacer recomendaciones a los Estados miembros en este proceso.

A diferencia del método abierto de coordinación, la coordinación de la política económica se basa en los tratados, en el artículo 99 del Tratado CE. Los programas de estabilidad y convergencia están basados en el pacto de la estabilidad y crecimiento que se incluye en la legislación secundaria basada en el apartado 4 del artículo 99 y en el apartado 5 del artículo 104 del Tratado CE. En la perspectiva más amplia de las Orientaciones Generales de Política Económica y del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, estos instrumentos también tratan las políticas de pensiones, especialmente desde el punto de vista...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT