2000/C 225 E/128P-2388/99 de Sérgio Marques a la Comisión Asunto: Régimen de importación de plátanos

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

En cuarto lugar, el nuevo marco jurídico también prevé un mecanismo de retirada que permitirá que las autoridades de competencia intervengan incluso por debajo del umbral del 30 % si las restricciones verticales produjeran un resultado anticompetitivo.

El objetivo de la Comisión es establecer una política de la competencia basada auténticamente en criterios económicos y centrada en el análisis de los efectos de los acuerdos verticales sobre el mercado. La Comisión no quiere regular, a través de las reglas de competencia comunitarias, las relaciones contractuales entre las partes para reequilibrar sus posiciones negociadoras respectivas. Las normas deben proteger la competencia y garantizar que las restricciones verticales no produzcan un resultado anticompetitivo en los mercados, en especial donde los proveedores tienen una cuota de mercado significativa. La nueva política también beneficiará a las PYME.

(1) DO C 270 de 24.9.1999.

(2 ) Libro verde sobre las restricciones verticales en la política de competencia comunitaria, COM(96) 721 final.

(3) Comunicación sobre la aplicación de las normas comunitarias de competencia a las restricciones verticales COM(98) 544.

(2000/C 225 E/128) PREGUNTA ESCRITA P-2388/99 de Sérgio Marques (PPE-DE) a la Comisión (1 de diciembre de 1999) Asunto: Régimen de importación de plátanos La propuesta aprobada por la Comisión Europea en su reunión de 10 de noviembre de 1999 sobre el nuevo régimen de importación de plátanos encierra peligros considerables para la supervivencia de este sector productivo de la UE, resultantes en particular de la más que previsible perturbación sustancial de los circuitos comerciales. Esta perturbación podrá suponer graves obstáculos para la comercialización de plátanos comunitarios, lo que significa que se corre un riesgo que ningún sistema de ayudas puede compensar A la luz de unas declaraciones de un alto funcionario de la Comisión, según las cuales el nuevo régimen no entrañaría peligro alguno para el plátano comunitario, ¿puede la Comisión exponer cómo piensa salvaguardar los intereses de los productores de plátanos de Madeira en el marco del nuevo régimen citado? Por otra parte, suponiendo que la comercialización de los plátanos comunitarios quede garantizada y considerando los compromisos presupuestarios de la Agenda 2000, ¿cómo se financiará el coste adicional del régimen de ayudas a los productores comunitarios ('deficiency payments') resultante del incremento de la oferta de...

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