Reglamento (CE) nº 249/2006 de la Comisión, de 13 de febrero de 2006, por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 2430/1999, (CE) nº 937/2001, (CE) nº 1852/2003 y (CE) nº 1463/2004 en lo relativo a los términos de la autorización de determinados aditivos en la alimentación animal pertenecientes al grupo de los coccidiostáticos y otras...

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 000/2006 DE LA COMISI”N

de 13 de febrero de 2006

por el que se modifican los Reglamentos (CE) no 2430/1999, (CE) no 937/2001, (CE) no 1852/2003 y (CE) no 1463/2004 en lo relativo a los tÈrminos de la autorizaciÛn de determinados aditivos en la alimentaciÛn animal pertenecientes al grupo de los coccidiost·ticos y otras sustancias medicamentosas

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISI”N DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) no 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentaciÛn animal (1), y, en particular, su artÌculo 13, apartado 3, Considerando lo siguiente:

(1) En el artÌculo 13, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1831/2003, se prevÈ la posibilidad de cambiar los tÈrminos de la autorizaciÛn de un aditivo mediante solicitud del titular de la autorizaciÛn.

(2) El uso del aditivo bromhidrato de halofuginona 6 g/kg ('Estenorol'), perteneciente al grupo de los 'Coccidiost·ticos y otras sustancias medicamentosas', fue autorizado durante diez aÒos para las gallinas ponedoras por el Reglamento (CE) no 2430/1999 de la ComisiÛn (2). Dicha autorizaciÛn quedaba vinculada a la persona responsable de la puesta en circulaciÛn del aditivo.

(3) El uso del aditivo salinomicina de sodio 120 g/kg ('Sacox 120'), perteneciente al grupo de los 'Coccidiost·ticos y otras sustancias medicamentosas', fue autorizado durante diez aÒos para los conejos de engorde por el Reglamento (CE) no 937/2001 de la ComisiÛn (3). Dicha autorizaciÛn quedaba vinculada a la persona responsable de la puesta en circulaciÛn del aditivo.

(4) El uso del aditivo salinomicina de sodio 120 g/kg ('Sacox 120 microGranulate'), perteneciente al grupo de los 'Coccidiost·ticos y otras sustancias medicamentosas', fue autorizado durante diez aÒos para las pollitas de reposiciÛn por el Reglamento (CE) no 1852/2003 de la ComisiÛn (4). Dicha autorizaciÛn quedaba vinculada a la persona responsable de la puesta en circulaciÛn del aditivo.

(5) El uso del aditivo salinomicina de sodio 120 g/kg ('Sacox 120 microGranulate'), perteneciente al grupo de los 'Coccidiost·ticos y otras sustancias medicamentosas', fue autorizado durante diez aÒos para los pollos de engorde por el Reglamento (CE) no 1463/2004 de la ComisiÛn (5). Dicha autorizaciÛn quedaba vinculada a la persona...

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