La Comisión toma medidas para facilitar la entrada en vigor del reglamento de subproductos animales

El pasado 3 de mayo, la Comisión Europea hizo pública su decisión de adoptar una serie de medidas tanto de carácter transitorio como de tipo permanente destinadas a preparar al mercado comunitario para la entrada en vigor del Reglamento de Subproductos Animales.

Se consideran subproductos animales las partes de la res no aptos para el consumo humano, tales como huesos, tuétano, pieles, etc. El objetivo del Reglamento es impedir que este tipo de productos entre en la cadena alimentaria.

Los países de la Unión Europea importan gran cantidad de subproductos animales que se destinan a la alimentación animal, tanto de ganado como de animales de compañía, o para uso industrial, tales como la fabricación de cosméticos, medicinas, pegamento, pinturas y plásticos.

Dado que la regulación que establece el Reglamento es muy rigurosa, la Comisión ha establecido una serie de períodos transitorios y derogaciones para productos provenientes de países concretos: así, se contempla la derogación para la importación de gelatina fotográfica hecha a base de materiales específicos de riesgo proveniente de los EEUU y Japón destinados a la fabricación de películas fotográficas en Francia, el Reino Unido y los Países Bajos.

Asimismo, se fija una derogación general que garantiza la importación, tránsito y exportación de determinados materiales específicos de riesgo siempre que estén destinados a uso exclusivamente industrial.

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