Dictamen del Comité de las Regiones sobre la «Propuesta de Directiva del Consejo relativa al acuerdo marco sobre el trabajo a tiempo parcial concluido por la UNICE, el CEEP y la CES»

SectionDirective
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

C 180/72 ES 11.6.98Diario Oficial de las Comunidades Europeas Dictamen del ComitÈ de las Regiones sobre la 'Propuesta de Directiva del Consejo relativa al acuerdo marco sobre el trabajo a tiempo parcial concluido por la UNICE, el CEEP y la CES' (98/C 180/13) EL COMIT… DE LAS REGIONES, vista la decisio¥n de la Comisio¥n, de conformidad con el arti¥culo 3 del Protocolo sobre la poli¥tica social, de consultar a los interlocutores sociales con el fin de averiguar en quÈ medida deseaban abordar el tema del trabajo a tiempo parcial/trabajo ati¥pico;

visto el proyecto de acuerdo tripartito sobre trabajo a tiempo parcial firmado el 6 de junio de 1997 por la UNICE, el CEEP y la CES;

vista la Propuesta de la Comisio¥n de 23 de julio de 1997(1) de convertir el acuerdo tripartito en una Directiva de la UE;

vistas las conclusiones de la Presidencia de la cumbre de Amsterdam celebrada los di¥as 16 y 17 de julio de 1997;

vista su decisio¥n de 26 de noviembre de 1997, de conformidad con el cuarto guio¥n del arti¥culo 198 C del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, de elaborar un dictamen sobre este tema y encargar a la Comisio¥n de Poli¥tica Social, Sanidad y Cohesio¥n Econo¥mica y Social (Comisio¥n 8) de su preparacio¥n;

visto el proyecto de Dictamen (CDR 389/97 rev.) aprobado por la Comisio¥n 8, el 27 de noviembre de 1997 (Ponentes: Sra. Ollander y Sr. S¯ren Andersen), ha aprobado en el Pleno celebrado los di¥as 12 y 13 de marzo de 1998 (sesio¥n del 12 de marzo) el presente Dictamen.

  1. Introduccio¥n 2. Desarrollo de las negociaciones El acuerdo sobre trabajo a tiempo parcial tiene su origen Dadoquelasnegociacionessobrelascondicioneslabora-en la propuesta de la Comisio¥n de 16 de agosto de 1990 les de los trabajadores a tiempo parcial poni¥an en juegoque, entre otras cosas, fue incorporada al Programa de importantes intereses econo¥micos, no es sorprendenteAccio¥n de la Comisio¥n para la aplicacio¥n de la Carta que los interlocutores sociales fueran incapaces deSocial(Cartacomunitariadelosderechossocialesfundaconcluir su trabajo en el plazo de nueve meses.mentales de los trabajadores).

Lapropuestaoriginalconteni¥atres propuestasde directiPor consiguiente, los interlocutores solicitaron una va: una sobre las condiciones de trabajo en relacio¥n prolongacio¥n, que fue autorizada por la Comisio¥n.

con determinadas condiciones de empleo; otra, que fue aprobada, sobre medidas para mejorar las condiciones A mediados de abril de 1997, los interlocutores...

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