94/966/CE: Decisión de la Comisión, de 28 de diciembre de 1994, por la que se fija el número de unidades Animo de Finlandia que pueden optar a la participación financiera de la Comunidad          

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DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 28 de diciembre de 1994 por la que se fija el número de unidades Animo de Finlandia que pueden optar a la participación financiera de la Comunidad (94/966/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Decisión 91/539/CEE de la Comisión, de 4 de octubre de 1991, por la que se establecen las disposiciones de aplicación de la Decisión 91/426/CEE (Animo) (1), modificada por el apartado 16 de la segunda parte del capítulo 5 del punto E de la sección V del Anexo I del Acta relativa a las condiciones de adhesión del Reino de Noruega, de la República de Austria, de la República de Finlandia y del Reino de Suecia y a las adaptaciones de los Tratados en los que se basa la Unión Europea, y, en particular, su artículo 1 bis,

Considerando que las autoridades finlandesas han comunicado a la Comisión el número de unidades Animo que deben establecerse en su territorio, a efectos del artículo 1 de la Decisión 91/398/CEE de la Comisión, de 19 de julio de 1991, relativa a una red informatizada de enlace entre autoridades veterinarias (Animo) (2);

Considerando que es conveniente fijar el número de unidades que pueden optar a la participación financiera de la Comunidad,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El número de unidades a efectos del artículo 1 de la Decisión 91/398/CEE que pueden optar a la participación financiera de la Comunidad para la implantación de la red informatizada Animo en Finlandia queda fijado en 42.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor a reserva de la entrada en vigor del Tratado de adhesión de Noruega, Austria, Finlandia y Suecia y en la misma...

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