2002/C 172 E/119E-3690/01 de María Sornosa Martínez a la Comisión Asunto: Vertidos ilegales en el río Palancia (Valencia-España)

Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

(2002/C 172 E/119) PREGUNTA ESCRITA E-3690/01 de María Sornosa Martínez (PSE) a la Comisión (17 de enero de 2002) Asunto: Vertidos ilegales en el río Palancia (Valencia-España) La Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) ha denunciado recientemente ante el Ayuntamiento de Sagunto (Comunidad Valenciana) la presencia de vertidos ilegales desde el polígono industrial Montiver en el cauce del río Palancia. Dichos vertidos consisten básicamente en aguas residuales, pero se sospecha que podrían contener también restos de aceites tóxicos. El hecho de que el polígono de Montiver haya ido conformándose con empresas antes de que la zona se urbanizase está en el origen de los vertidos, ya que la zona carece de conexiones a la red de alcantarillado de la ciudad.

El Ayuntamiento de Sagunto ha comunicado, por su parte, que está tramitando un Plan de Actuación Integrado para resolver todos los problemas que presenta el polígono de Montiver creado hace más de treinta años. Sin embargo, las soluciones que podría aportar dicho Plan están sufriendo un inexplicable retraso en ser presentadas y, por otro lado, por el momento el Ayuntamiento tampoco dispone ni siquiera de una evaluación económica del coste que supondría la urbanización de la zona.

Teniendo en cuenta que los vertidos están afectando gravemente al río Palancia desde hace ya demasiado tiempo:

¿Piensa la Comisión abrir una investigación para determinar si existe, en este caso, una violación, por parte de las autoridades competentes, de la Directiva 76/464/CEE (1 ) relativa a la contaminación causada por sustancias peligrosas vertidas al medio acuático? ¿No considera la Comisión que el hecho de que el polígono de Montiver haya funcionado más de 30 años sin contar con una conexión a la red de alcantarillado de Sagunto entra en clara contradicción con los preceptos de la Directiva 91/271/CEE (2 ) sobre tratamiento de las aguas residuales urbanas, cuando impuso la fecha de finales del 2000 para que los Estados miembros hubieran instalado sistemas de recogida y tratamiento en aglomeraciones urbanas de más de 15 000 habitantes? (1) DO L 129 de 18.5.1976, p. 23.

(2) DO L 135 de 30.5.1991, p. 40.

Respuesta de la Sra. Wallström en nombre de la Comisión (5 de marzo de 2002) La Comisión desconocía las circunstancias del polígono Montiver planteadas por Su Señoría.

En cuanto a los vertidos industriales, la Directiva 91/271/CEE del Consejo de 21 de mayo de 1991, sobre el tratamiento de las aguas residuales...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT