Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001

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Issuing OrganizationAgencia Europea de Medicamentos

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 93/7

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LOS ESTADOS MIEMBROS Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) n o 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 70/2001

(2011/C 93/06)

o : XA 143/10 Estado miembro: Francia

département de l'Ain

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: aides en faveur du remplacement des agriculteurs (Ain)

articles L 1511-2, L 3231-2 et 3232-1 du code général des collectivités territoriales; délibération du Conseil géGasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria:

Intensidad máxima de la ayuda: 50 %

Fecha de ejecución: A partir de la fecha de publicación del número de registro de la solicitud de exención en la página web de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la

Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2013 a más tardar.

Objetivo de la ayuda:

La medida se inscribe en el ámbito del artículo 15 del Reglao 1857/2006 relativo a las ayudas destinadas a la asistencia técnica a las explotaciones agrarias.

Mediante este dispositivo que favorece la creación de servicios

Conseil Général pretende hacer atractiva la profesión de agricultor, sobre todo para los jóvenes, y al mismo tiempo contribuir a perpetuar el empleo asalariado en la agriCon la reestructuración de las explotaciones se hizo realidad el desarrollo del empleo asalariado agrícola: en 2007, había 1 147 asalariados permanentes y 10 servicios de sustitución distintos en el departamento. El apoyo departamental pretende incentivar el mutualismo en la profesión agrícola, sobre todo los servicios de sustitución existentes, con el fin de cubrir el conjunto de necesidades tanto a nivel geográfico como para el conjunto de los sectores. En este sentido y bajo la coordinación de la Confédératión général de l'agriculture , se llevará a cabo una actuación para la creación de un polo de empleo y una agrupación de

partamental de empresarios. Esta actuación asociaría a la FDCUMA y a los sindicatos profesionales que ya disponen de servicios de sustitución.

Las ayudas departamentales se concederán en las condiciones siguientes:

- se fijarán en función de los costes reales ocasionados por la sustitución del agricultor o de su socio, o del trabajador agrario, por enfermedad o vacaciones,

- las ayudas se concederán en especie mediante servicios subvencionados, es decir sin pagos directos a los productores,

- todos los agricultores del departamento que cumplan las condiciones podrán acceder a la ayuda (no se exigirá al solicitante ninguna afiliación a una agrupación u organización),

- toda contribución eventual a los costes administrativos de la agrupación o la organización se limitará únicamente a los costes relativos a la cobertura del servicio de sustitución.

Además, las ayudas propuestas estarán reservadas para las explotaciones:

- cuyo tamaño no sobrepase el de una PYME en la acepción del Derecho comunitario, tal como se define en el anexo I del Reglamento (CE) n o 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008,

- que se dediquen a la producción primaria de productos agrícolas,

- que no se encuentren en crisis en el sentido de las Directrices comunitarias sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis (DO C 244 de 1.10.2004).

Sector o sectores beneficiarios: El conjunto de la explotaciones agrarias de Ain (PYME).

Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:

Monsieur le président du Conseil général de l'Ain Direction de l'aménagement du territoire et de l'économie 45 avenue Alsace-Lorraine 01000 Bourg en Bresse

FRANCE

ES Diario Oficial de la Unión Europea 25.3.2011

Dirección web:

http://www.ain.fr/jcms/int_81440/texte-du-regime-g-ain-bueremplacem-modif-flc

-

o : XA 144/10 Estado miembro: Francia

departamento de Ain

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: aides en appui techniaux coopératives d'utilisation de matériels en commun

articles L. 1511-2, L. 3231-2 et 3232-1 du code général des collectivités territoriales, délibération du Conseil géGasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria:

Intensidad máxima de la ayuda: 50 %

Fecha de ejecución: A partir de la fecha de publicación del número de registro de la solicitud de exención en la página web de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la

Duración del régimen o de la ayuda individual: A más tardar, hasta el 31 de diciembre de 2013.

Objetivo de la ayuda:

La medida se ajusta a lo dispuesto en el artículo 15...

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