Introducción

AuthorSergio Prats Jané
Pages17-26

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El objetivo del trabajo que se presenta, es el análisis de los problemas jurídicos vinculados y derivados de las operaciones de internacionalización de las sociedades mercantiles, así como, aquellas operaciones de reestructuración societaria, que implican un traslado internacional de sede social o movilidad dentro del territorio de la Unión Europea. El interés de dicho trabajo viene motivado por la necesidad actual, por parte de las sociedades, de llevar a cabo operaciones de internacionalización por motivos económicos o simple reestructuración, y de las limitaciones que desde el punto de vista jurídico existen todavía en la Unión Europea, motivados por las diferencias, entre los distintos ordenamientos jurídicos de los Estados miembros y la falta de instrumentos normativos adecuados, en el marco de la Unión Europea. La colisión entre el Derecho de la Unión Europea y el Derecho Internacional Privado de los Estados miembros, en materia societaria, sigue siendo una realidad que, ni la integración a través del derecho derivado, ni los pilares esenciales regulados en el derecho originario, ni la propia jurisprudencia del TJUE, han resuelto todavía.

Para llevar a cabo el análisis de la situación actual, se ha partido del estudio de las fuentes normativas de la actual Unión Europea, de derecho derivado, de derecho originario así como de la propia jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y su interrelación con el Derecho Internacional Privado, en particular con aquellos sistemas normativos seguidos por los Estados Miembros en materia de derecho societario.

Se analiza en este trabajo inicialmente, en la Primera Parte, la evolución de la armonización del Derecho de Sociedades en el marco de la Unión Europea, así como, la libertad de establecimiento como pilar fundamental para la consecución del mercado interior, desde la perspectiva del derecho de la Unión Europea y del Derecho Internacional Privado. En la Segunda Parte, se lleva a cabo el estudio de los nuevos tipos societarios supranacionales, creados en el marco de la Unión Europea y se revisa, hasta la actualidad, la

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jurisprudencia del TJUE relativa a la interpretación de los antiguos artículos 43 y 48 TCE y actuales 49 y 54 TFUE. Finalmente en la Tercera y última Parte el trabajo, se plantean posibles soluciones a los problemas jurídicos detectados, del análisis llevado a cabo en la Primera y Segunda Parte.

La Primera Parte, se divide en tres apartados. En el primero de ellos, de carácter más introductorio, se parte del concepto de globalización e internacionalización, conceptos que vinculados a las necesidades de las empresas, se analizan desde el punto de vista económico y del mundo de la empresa. Se analiza el concepto de globalización, desde el punto de vista económico, y se relaciona con el concepto de internacionalización, habida cuenta que, el objeto de estudio del trabajo, se refiere al ámbito de actuación de las sociedades mercantiles.

Consideramos importante partir de ambos conceptos en nuestro trabajo, por ser conceptos que, en los últimos años, han sido empleados con mucha frecuencia en el mundo de la economía y la empresa, y que han justificado, la actual situación económica mundial.

En el segundo apartado de la Primera Parte, se realiza un análisis de los principios jurídico-económicos de la Unión Europea, partiendo de la evolución del concepto de mercado común, hasta la consagración del actual mercado único o interior, configurado definitivamente, con el Acta Única Europea de 1986, y cómo esta evolución, ha desembocado en una verdadera integración económica, donde el concepto de movilidad es fundamental para la eficacia del mercado interior y, por tanto, de la propia consecución de una verdadera integración económica. Como tendremos oportunidad de analizar, la movilidad se deberá garantizar a personas (físicas o jurídicas), mercancías, servicios y capitales (libertad de circulación), es decir, a los factores de producción o factores productivos. Dicha movilidad, vendrá garantizada por los tratados fundacionales, los cuales desde el inicio de las Comunidades Euro-peas, reconocieron la libre circulación de dichos factores de producción.

Asimismo, en este segundo apartado, se analizará la evolución del derecho de sociedades, creado por las Instituciones europeas, es decir, el derecho positivo creado dentro del marco de la Unión Europea. Se partirá de la integración positiva, llevada a cabo por el legislador europeo, a través de la armonización legislativa en Derecho de sociedades, esencialmente a través de la utilización de la directiva, como instrumento jurídico de homogeneización

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legislativa, en aquellas materias donde las diferencias o divergencias legislativas, pudieran comportar obstáculos para el mercado único. El estudio de dichas Directivas, se inicia con la 1.ª Directiva de 9 de marzo de 1968, hasta la 12ª Directiva de diciembre de 1989, haciendo referencia a las últimas directivas dictadas en los últimos años, con el método de la armonización en el ámbito societario. Como tendremos ocasión de analizar, este método legislativo, tuvo dos importantes fracasos con la 5.ª y 10.ª Directivas, lo que supuso un cambio en la forma de legislar, inclinándose...

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