2000/181/CE: Decisión de la Comisión, de 23 de febrero de 2000, por la que se reconoce en principio el carácter completo de la documentación presentada para su examen detallado con vistas a la posible inclusión del tiacloprid, el forclorfenurón y el tiametoxam en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE del Consejo relativa a la comercialización de productos fitosanitarios [notificada con el número C(2000) 474] (Texto pertinente a efectos del EEE)
Published date | 02 March 2000 |
Subject Matter | Legislazione fitosanitaria,Législation phytosanitaire,Legislación fitosanitaria |
Official Gazette Publication | Gazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 57, 02 marzo 2000,Journal officiel des Communautés européennes, L 57, 02 mars 2000,Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 57, 02 de marzo de 2000 |
2000/181/CE: Decisión de la Comisión, de 23 de febrero de 2000, por la que se reconoce en principio el carácter completo de la documentación presentada para su examen detallado con vistas a la posible inclusión del tiacloprid, el forclorfenurón y el tiametoxam en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE del Consejo relativa a la comercialización de productos fitosanitarios [notificada con el número C(2000) 474] (Texto pertinente a efectos del EEE)
Diario Oficial n° L 057 de 02/03/2000 p. 0035 - 0036
DECISIÓN DE LA COMISIÓN
de 23 de febrero de 2000
por la que se reconoce en principio el carácter completo de la documentación presentada para su examen detallado con vistas a la posible inclusión del tiacloprid, el forclorfenurón y el tiametoxam en el anexo I de la Directiva 91/414/CEE del Consejo relativa a la comercialización de productos fitosanitarios
[notificada con el número C(2000) 474]
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2000/181/CE)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 91/414/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, relativa a la comercialización de productos fitosanitarios(1), cuya última modificación la constituye la Directiva 1999/80/CE de la Comisión(2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 6,
Considerando lo siguiente:
(1) La Directiva 91/414/CEE (denominada en lo sucesivo "la Directiva") contempla la elaboración de una lista comunitaria de sustancias activas autorizadas para su incorporación a productos fitosanitarios.
(2) Diversos solicitantes han presentado la documentación relativa a cuatro sustancias activas ante las autoridades de ciertos Estados miembros con vistas a la inclusión de dichas sustancias activas en el anexo I de la Directiva.
(3) Bayer plc presentó el 11 de septiembre de 1998 ante las autoridades del Reino Unido la documentación relativa a la sustancia activa tiacloprid.
(4) SKW Trostberg AG presentó el 7 de diciembre de 1998 ante las autoridades españolas la documentación relativa a la sustancia activa forclorfenurón.
(5) Novartis Crop Protection AG presentó el 17 de marzo de 1999 ante las autoridades españolas la documentación relativa a la sustancia activa tiametoxam.
(6) Dichas autoridades notificaron a la Comisión los resultados de un primer examen sobre el carácter completo de la documentación respecto a los requisitos...
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