2001/856/EC: Commission Decision of 4 October 2000 concerning State aid to Verlipack, Belgium (Text with EEA relevance) (notified under document number C(2000) 2926)

Published date05 December 2001
Subject Matterconcorrenza,aiuti degli Stati,competencia,ayudas concedidas por los Estados,concurrence,aides accordées par les États
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 320, 05 dicembre 2001,Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 320, 05 de diciembre de 2001,Journal officiel des Communautés européennes, L 320, 05 décembre 2001
EUR-Lex - 32001D0856 - ES

2001/856/CE: Decisión de la Comisión, de 4 de octubre de 2000, relativa a las ayudas estatales en favor de Verlipack — Bélgica (Texto pertinente a efectos del EEE) [notificada con el número C(2000) 2926]

Diario Oficial n° L 320 de 05/12/2001 p. 0028 - 0043


Decisión de la Comisión

de 4 de octubre de 2000

relativa a las ayudas estatales en favor de Verlipack - Bélgica

[notificada con el número C(2000) 2926]

(Los textos en lenguas francesa y neerlandesa son los únicos auténticos)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2001/856/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el párrafo primero del apartado 2 de su artículo 88,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y, en particular, la letra a) del apartado 1 de su artículo 62,

Después de haber emplazado a los interesados, de conformidad con los artículos citados, para que presenten sus observaciones,

Considerando lo siguiente:

I. PROCEDIMIENTO

(1) A raíz de unas denuncias presentadas en 1997 en relación con ayudas concedidas por la Región Valona en favor de Verlipack, y cuya compatibilidad con la normativa sobre ayudas estatales no estaba demostrada, el 18 de noviembre de 1997, la Comisión registró este asunto en la lista de ayudas no notificadas.

(2) Con fecha de 16 de septiembre de 1998, la Comisión, a partir de la información oficialmente remitida por Bélgica y previo examen de las medidas con arreglo a lo dispuesto en los artículos 87 y siguientes del Tratado CE y en el artículo 61 del Acuerdo EEE(1), decidió no formular objeciones a las intervenciones de la Región Valona. En esta Decisión se declaró la compatibilidad de dichas medidas con las directrices relativas a las aportaciones de capital realizadas por el Estado(2) (en lo sucesivo denominadas "las Directrices") y, en particular, que la aportación de la Región Valona correspondía a una inyección de capital de riesgo en condiciones normales de economía de mercado. Además el compromiso paralelo, mayoritario y efectivo de un inversor privado, el grupo Heye-Glas (en lo sucesivo denominado "Heye") demostraba que existían perspectivas a largo plazo de rentabilidad y de viabilidad del grupo Verlipack.

(3) Según la prensa y varios denunciantes, los centros de producción de Verlipack sufrieron nuevas pérdidas a lo largo de 1998. Además, según un denunciante, la aportación privada al capital de Verlipack Holding I(3) con fecha de 11 de abril de 1997, procede en realidad de fondos originarios de la Región Valona, la SRIW(4), en forma de dos préstamos.

(4) Por cartas de 14 de diciembre de 1998 y 13 de enero de 1999, la Comisión se dirigió a Bélgica para obtener información sobre la evolución de Verlipack, así como sobre las alegaciones sobre la concesión de los dos préstamos a Heye.

(5) Por carta de 25 de febrero de 1999, registrada el 1 de marzo de 1999, Bélgica facilitó los datos solicitados, a partir de los cuales la Comisión se vio obligada a analizar de nuevo las medidas aprobadas en 1997 por la Región Valona en favor de Verlipack.

(6) El 19 de mayo de 1999, la Comisión decidió incoar el procedimiento contra las intervenciones en favor de Verlipack al amparo de lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento (CE) n° 659/1999 del Consejo, de 22 de marzo de 1999, por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE(5).

(7) Por carta de 1 de julio de 1999, la Comisión informó a Bélgica de su decisión de incoar el procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 88 del Tratado CE contra esta ayuda.

(8) La decisión de la Comisión de incoar el procedimiento se publicó en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas(6). La Comisión invitó a los interesados a presentar sus observaciones sobre la ayuda en cuestión.

(9) Los interesados remitieron sus observaciones a este respecto a la Comisión, la cual a su vez, mediante carta de 3 de diciembre de 1999, las transmitió a Bélgica para darle la posibilidad de formular los comentarios que creyera convenientes, comentarios recibidos por carta de 22 de diciembre de 1999, registrada el 3 de enero de 2000.

II. DESCRIPCIÓN DE LAS MEDIDAS

II.1. El beneficiario

(10) La SA Verlipack, hasta la declaración de quiebra pronunciada el 18 de enero de 1999, era el mayor productor belga de vidrio hueco para envases, con una cuota de mercado del 20 % en Bélgica y del 2 % en la Unión Europea. La empresa empleaba a 735 personas en las fábricas de Ghlin, Jumet y Mol. Los dos primeros centros, implantados en territorio valón, están situados en zonas de desarrollo al amparo de un régimen de ayudas con finalidad regional, la Ley belga de 30 de diciembre de 1970(7). Las sociedades anónimas Verlipack Ghlin, Verlipack Jumet y Verlipack Mol fueron constituidas en 1985, con una participación del 49 % de capital por parte de la Sociedad nacional para la reestructuración del sector del vidrio hueco, participación aprobada por la Comisión(8).

(11) En 1989, la Región Valona adquirió, conforme a la Ley especial de 15 de enero de 1989, los títulos sin derecho de voto de los centros de Ghlin y Jumet, mientras que los títulos del centro de Mol fueron cedidos a la Región Flamenca. A raíz de diversos aumentos de capital realizados por accionistas privados (Imcopack Valonia e Imcopack Flandes, pertenecientes al grupo Beaulieu), la participación pública se fue reduciendo posteriormente. Por último, en diciembre de 1996, la Región Valona cedió al grupo Beaulieu su participación en los dos centros valones, evaluada en 113712000 francos belgas. Así pues, los centros valones de Verlipack se convierten temporalmente en sociedades sin participación pública.

(12) En septiembre de 1996, el grupo industrial alemán Heye-Glas celebró un acuerdo de asistencia técnica con el grupo Verlipack. Este acuerdo se amplió posteriormente, el 11 de abril de 1997, mediante una asistencia al personal directivo y una asistencia financiera. En la misma fecha, Heye adquirió una participación de 515 millones de francos belgas en el capital de la sociedad Verlipack Holding I, creada el 24 de enero de 1997 por el grupo Beaulieu, y poseía, tras el aumento de capital de la sociedad Verlipack Holding I a un total de 1030 millones de francos belgas, un título más que el grupo Beaulieu. El 11 de abril de 1997 fue constituida la sociedad Verlipack Holding II por los accionistas de la sociedad Verlipack Holding I y por la Región valona (aportación de 350 millones de francos belgas, lo que representa un 25,35 %) con un capital de 1380500000 francos belgas.

(13) Habida cuenta de la entrada de Heye, líder mundial en la tecnología del vidrio hueco, de su compromiso financiero, de un plan estratégico que preveía un programa de grandes inversiones, así como la orientación hacia mercados más prometedores, la Región Valona podía augurarse perspectivas de rentabilidad y de viabilidad de esta empresa.

(14) Sin embargo, las nuevas pérdidas registradas en 1998, debidas, según los dirigentes de Verlipack, a un exceso de capacidad productiva en el mercado de referencia, desmintieron estas muy favorables previsiones, anunciadas con motivo del acuerdo de asistencia técnica y financiera y de asistencia al personal directivo celebrado con Heye.

(15) El 7 de enero de 1999 se anunció el cese de actividades de la fábrica de Mol (Flandes) y la solicitud de un acuerdo de acreedores para las fábricas de Jumet y Ghlin (Valonia).

(16) El 11 de enero de 1999, el tribunal de comercio de Turnhout declaró la quiebra del centro Verlipack de Mol (Flandes), mientras que, el 18 de enero de 1999, el tribunal de comercio de Mons declaró la quiebra de las seis sociedades del grupo vidriero Verlipack (centros de Ghlin y Jumet, Verlipack Belgium, Verlipack Engineering, Verlimo y Imcourlease).

II.2. Las ayudas

II.2.1. Medidas al amparo de la decisión de la Comisión de 16 de septiembre de 1998

(17) Al constituirse la sociedad Verlipack Holding II, que tenía como accionista a la sociedad Verlipack Holding I con un capital de 1030 millones de francos belgas, poseído a partes iguales por el grupo Beaulieu y el grupo alemán Heye (propietario de una acción suplementaria), la Región Valona adquirió una participación de 200 millones de francos belgas. Tras la conversión del préstamo participativo de 150 millones de francos belgas, su participación aumentó a 350 millones de francos belgas, equivalente a un 25,35 % del capital de Verlipack Holding II.

II.2.2. Medidas no amparadas por la decisión de la Comisión de 16 de septiembre de 1998

(18) Los datos adicionales remitidos por Bélgica el 25 de febrero de 1999 indican que la Región Valona adoptó medidas suplementarias con motivo de la entrada del grupo Heye en Verlipack. En virtud de las decisiones tomadas el 8 de enero y el 12 de marzo de 1997 por el consejo de administración de la SRIW, se concedieron a Heye dos préstamos por importe total de 250 millones de francos belgas, "equivalentes a la aportación en metálico de Heye al Holding A (importe correspondiente, por otra parte, a la aportación de capital al Holding B y posteriormente a la aportación de capital a las sociedades de explotación Verlipack)".

(19) Concretamente, se trata de los siguientes préstamos:

(20) - un empréstito de obligaciones, emitido con fecha de 27 de marzo de 1997, por un importe total de 250 millones de francos belgas, de una duración de cinco años y tipo de interés del 5,10 % más un 1 % de prima de riesgo, destinado a financiar por el correspondiente importe la realización de las operaciones de capitalización de los centros de Ghlin y Jumet y de inversión en los tres centros de explotación del grupo Verlipack, incluido el centro de Mol en Flandes.

(21) En una cláusula de condonación condicional se estipula que "en el supuesto de que, en la fecha de vencimiento convencional de un tramo del empréstito, el Holding 2 [...], así como las tres empresas de...

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