2002/529/EC: Commission Decision of 27 June 2002 concerning a questionnaire for Member States reports on the implementation of Directive 1999/13/EC on the limitation of emissions of volatile organic compounds due to the use of organic solvents in certain activities and installations (notified under document number C(2002) 2234)
Published date | 02 July 2002 |
Subject Matter | aproximación de las legislaciones,medio ambiente,ravvicinamento delle legislazioni,ambiente,rapprochement des législations,environnement |
Official Gazette Publication | Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 172, 02 de julio de 2002,Gazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 172, 02 luglio 2002,Journal officiel des Communautés européennes, L 172, 02 juillet 2002 |
2002/529/CE: Decisión de la Comisión, de 27 de junio de 2002, sobre el cuestionario para los informes de los Estados miembros referentes a la aplicación de la Directiva 1999/13/CE relativa a la limitación de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes orgánicos en determinadas actividades e instalaciones [notificada con el número C(2002) 2234]
Diario Oficial n° L 172 de 02/07/2002 p. 0057 - 0060
Decisión de la Comisión
de 27 de junio de 2002
sobre el cuestionario para los informes de los Estados miembros referentes a la aplicación de la Directiva 1999/13/CE relativa a la limitación de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes orgánicos en determinadas actividades e instalaciones
[notificada con el número C(2002) 2234]
(2002/529/CE)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la Directiva 1999/13/CE del Consejo, de 11 de marzo de 1999, relativa a la limitación de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes orgánicos en determinadas actividades e instalaciones(1), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 11,
Considerando lo siguiente:
(1) En virtud del apartado 1 del artículo 11 de la Directiva 1999/13/CE, los informes sobre la aplicación de esa Directiva deben elaborarse sobre la base de un cuestionario o esquema preparado por la Comisión con arreglo al procedimiento establecido en el artículo 6 de la Directiva 91/692/CEE del Consejo(2).
(2) Los Estados miembros que apliquen planes nacionales con arreglo al artículo 6 de la Directiva 1999/13/CE ya están obligados a presentar estos planes a la Comisión.
(3) El cuestionario o esquema se enviará a los Estados miembros seis meses antes del inicio del período al que se refiera el informe.
(4) El primer informe se referirá al período comprendido entre el 1 de enero de 2003 y el 31 de diciembre de 2004 inclusive.
(5) El Comité establecido con arreglo al artículo 6 de la Directiva 91/692/CEE no ha emitido un dictamen en el plazo fijado por su presidente.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Queda aprobado el cuestionario que figura en el anexo.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 27 de junio de 2002.
Por la Comisión
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