2003/25/EC: Commission Decision of 11 December 2001 relating to a proceeding under Article 81 of the EC Treaty (Case COMP/E - 1/37.919 (ex 37.391) — Bank charges for exchanging euro-zone currencies — Germany) (notified under document number C(2001) 3693)

Published date21 January 2003
Date of Signature14 March 2003
Subject Matterconcorrenza,competencia,concurrence,Acuerdo de Asociación,relaciones exteriores,Legislación fitosanitaria
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale dell’Unione europea, L 15, 21 gennaio 2003,Diario Oficial de la Unión Europea, L 15, 21 de enero de 2003,Journal officiel de l’Union européenne, L 15, 21 janvier 2003,Diario Oficial de la Unión Europea, L 137, 05 de junio de 2003
EUR-Lex - 32003D0025 - ES

2003/25/CE: Decisión de la Comisión, de 11 de diciembre de 2001, en un procedimiento con arreglo al artículo 81 del Tratado CE [Asunto COMP/E-1/37.919 (ex. 37.391) — Comisiones bancarias de cambio de monedas de la zona del euro — Alemania] [notificada com el número C(2001) 3693]

Diario Oficial n° L 015 de 21/01/2003 p. 0001 - 0034


(1)Decisión de la Comisión

de 11 de diciembre de 2001

en un procedimiento con arreglo al artículo 81 del Tratado CE

[Asunto COMP/E-1/37.919 (ex. 37.391) - Comisiones bancarias de cambio de monedas de la zona del euro - Alemania]

[notificada con el número C(2001) 3693]

(El texto en lengua alemana es el único auténtico)

(2003/25/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento n° 17 del Consejo, de 6 de febrero de 1962, primer Reglamento de aplicación de los artículos 85 y 86 del Tratado(2), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1216/1999(3), y, en particular, su artículo 3 y el apartado 2 de su artículo 15,

Vista la Decisión de la Comisión, de 1 de agosto de 2000, de incoar un procedimiento en relación con el presente asunto,

Después de haber dado a las empresas y asociaciones de empresas implicadas la oportunidad de formular sus observaciones a las objeciones formuladas por la Comisión, con arreglo al apartado 1 del artículo 19 del Reglamento n° 17 y al Reglamento (CE) n° 2842/98 de la Comisión, de 22 de diciembre de 1998, relativo a las audiencias en determinados procedimientos en aplicación de los artículos 85 y 86 del Tratado CE(4).

Tras consultar al Comité consultivo de prácticas restrictivas y posiciones dominantes,

Visto el informe final del consejero auditor en el presente asunto,

Considerando lo siguiente:

A. INTRODUCCIÓN

(1) La presente Decisión relativa a una infracción del artículo 81 del Tratado CE está destinada a las empresas siguientes:

- Commerzbank AG,

- Dresdner Bank AG,

- Bayerische Hypo- und Vereinsbank AG,

- Deutsche VerkehrsBank AG,

- Vereins- und Westbank AG.

(2) Los bancos participantes en la reunión del 15 de octubre de 1997 en la sede de Deutsche VerkehrsBank AG en Francfort acordaron una comisión en torno al 3 % para la compra y venta de billetes de la zona del euro durante el período transitorio de tres años que comenzaba el 1 de enero de 1999. El objetivo era recuperar en torno al 90 % de los ingresos del "margen de cambio" tras la supresión de los diferenciales (el margen entre los tipos de compra y de venta) el 1 de enero de 1999.

B. MERCADO DE PRODUCTOS DE REFERENCIA E INTERCAMBIOS COMERCIALES ENTRE ESTADOS MIEMBROS

1. Mercado de productos de referencia

(3) El 1 de enero de 1999 tuvo lugar la introducción del euro como moneda única europea. Los doce países participantes en la zona del euro son Austria, Bélgica, Finlandia, Francia, Alemania, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Portugal, España, los Países Bajos y Grecia(5). Durante el período transitorio (1 de enero de 1999 al 31 de diciembre de 2001), el euro existe en diversas denominaciones. Las unidades monetarias nacionales (ATS, BEF/LUX, DEM, ESP, FIM, FRF, IEP, ITL, NLG, PTE y GRD) son subunidades del euro con arreglo a los tipos de conversión que se fijaron irrevocablemente a partir del 1 de enero de 1999.

(4) El mercado de productos de referencia se define como el del servicio de cambio de las "subunidades"(6) del euro, siempre que al menos una parte de la operación se refiera a billetes y monedas ("monedas de la zona del euro")(7). Este servicio de compra y venta de monedas extranjeras de la zona del euro lo ofrecen principalmente bancos y oficinas de cambio. Ejemplos típicos de tales operaciones de cambio son los siguientes:

- monedas extranjeras de la zona del euro (en efectivo) que se cambian para su abono o adeudo en una cuenta denominada en euros o en la moneda nacional de la zona del euro,

- monedas extranjeras de la zona del euro (en efectivo) que se cambian en la moneda nacional de la zona del euro (en efectivo), y viceversa.

(5) Independientemente de cuál sea la intercambiabilidad en el lado de la oferta, en el lado de la demanda la posibilidad de sustituir el cambio (parcial) en efectivo de monedas de la zona del euro es muy limitada, si no inexistente. Los consumidores se atienen, sobre todo en el sector turístico, al consejo de agencias de viajes y bancos de sólo llevar consigo en el extranjero pequeñas cantidades de dinero en efectivo y utilizar sus tarjetas de débito o de crédito.

(6) En cuanto a otras categorías de clientes, como las pequeñas empresas que cambian cantidades mayores de divisas para realizar sus pagos en otros países, las transferencias transfronterizas de banco a banco pueden no ser una alternativa viable.

2. Intercambios comerciales entre Estados miembros

(7) Los datos sobre el volumen de transacciones de billetes y monedas proceden de las respuestas a un cuestionario enviado en octubre y diciembre de 1999 a unos 240 bancos de la zona del euro (considerandos 22 a 24).

(8) Los volúmenes correspondientes a 1998 de compra y venta de billetes y monedas de la zona del euro por países de dicha zona figuran en el anexo. Las cifras no son exactas, puesto que no todos los bancos pudieron proporcionar datos sobre los volúmenes de sus operaciones. Además, el cuestionario no se envió a todos los bancos de la zona del euro. El cuestionario tampoco cubrió de forma sistemática las operaciones de las oficinas de cambio, por lo que los volúmenes de las transacciones de esta actividad no se incluyen en los datos facilitados.

(9) El volumen de transacciones de venta de todas las monedas de la zona del euro se situó en torno a 17500 millones de euros en 1998. Alrededor del 35 % de este volumen de transacciones correspondió a la venta de DEM. El volumen de transacciones de compra se situó en torno a 24700 millones de euros. Más del 50 % de este volumen de transacciones correspondió a la compra de DEM. El volumen total de transacciones de compra y venta en 1998 alcanzó en torno a los 42200 millones de euros. En la zona del euro, el DEM fue con mucho la moneda más cambiada (tanto compra como venta; véase el anexo, Zona del Euro). El anexo muestra que hay un volumen considerable de cambio de monedas de la zona del euro en cada uno de los Estados miembros.

C. EL MERCADO ALEMÁN

1. Los bancos

(10) Los bancos universales que ejercen una amplia gama de actividades bancarias dominan el sistema bancario alemán. A finales de 1998 había más de 3400 bancos con más de 45000 sucursales.

(11) Los bancos universales pueden clasificarse en tres grupos importantes:

- bancos comerciales (Kreditbanken): este grupo incluye a Deutsche Bank, Bayerische Hypo- und Vereinsbank, Dresdner Bank y Commerzbank (los llamados cuatro grandes);

- cajas de ahorros con sus correspondientes entidades de giro regionales (Sparkassen y Landesbanken): este grupo está compuesto de 594 cajas de ahorros, 12 Landesbanken y el DGZ DekaBank Deutsche Kommunalbank;

- bancos cooperativos con sus correspondientes entidades centrales (Volks- und Raiffeisenbanken y sus Zentralbanken): este sector consta de 2256 bancos cooperativos locales y cuatro bancos centrales (DG Bank, SGZ-Bank, WGZ-Bank y GZB-Bank).

(12) Además de los bancos universales hay una amplia gama de bancos especializados, como los bancos hipotecarios (Hypothekenbanken), y bancos con funciones especiales y otras entidades financieras, como las sociedades de crédito a la vivienda (Bausparkassen).

2. Volúmenes de transacciones de cambio de moneda

(13) De los 42 bancos abarcados por el muestreo de la encuesta (considerandos 22 y 23), 35 ejercen actividades de cambio de monedas. Los volúmenes de monedas comunitarias vendidas y compradas por estos 35 bancos en 1998 se desglosan por moneda en el cuadro que figura a continuación.

Cuadro

Volúmenes de monedas vendidas y compradas en Alemania (1998)

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(14) Por lo que se refiere a las monedas comunitarias incluidas en el cuadro 1, el valor total de los billetes comprados y vendidos en 1998 fue de aproximadamente 2100 millones de euros, con un volumen de ventas de divisas que casi dobló las compras. La compra y venta de ATS representa alrededor del 22 % del valor de monedas compradas y vendidas, y le siguen la ITL, el FRF, la ESP y el NLG, con un valor que se sitúa (por orden decreciente) entre el 18 % y el 13 %. Las monedas de la zona del euro representan en torno al 90 % del valor de las divisas comunitarias compradas y vendidas(8).

D. PROCEDIMIENTO

1. Solicitudes de información

(15) El 8 de febrero de 1999, la Comisión envió sendas solicitudes de información con arreglo al artículo 11 del Reglamento n° 17 a tres asociaciones bancarias alemanas, a saber, a la Bundesverband deutscher Banken (asociación federal de bancos alemanes), a la Deutscher Sparkassen- und Giroverband (asociación de cajas de ahorro y giro alemanas) y al Zentraler Kreditausschuss (comité central de crédito). Se les pidió que proporcionaran todas las actas e informes de las reuniones celebradas en el seno de las asociaciones en las que se hubiesen discutido las cuestiones relativas a la conversión al euro, al cambio de monedas de la zona del euro, así como a los costes (para las entidades de crédito) y las comisiones (para los clientes). También se pidieron copias de toda la correspondencia entre las asociaciones y sus miembros, de las circulares enviadas a los miembros y de las respuestas de las asociaciones a las preguntas de sus miembros referentes a las cuestiones mencionadas.

(16) La Deutscher Sparkassen- und Giroverband respondió por carta de 3 de marzo de 1999. La Bundesverband deutscher Banken y el Zentraler Kreditausschuss respondieron por sendas cartas de 14 de abril de 1999.

(17) El 7 de julio de 1999, la Comisión envió otra solicitud de información con arreglo al artículo 11 del Reglamento n° 17 a la Bundesverband deutscher...

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