2003/283/EC: Commission Decision of 27 November 2002 on the measures implemented by Spain in favour of Refractarios Especiales SA (notified under document number C(2002) 4486) (Text with EEA relevance)

Published date30 April 2003
Subject Mattercompetencia,ayudas concedidas por los Estados,concorrenza,aiuti degli Stati,concurrence,aides accordées par les États
Official Gazette PublicationDiario Oficial de la Unión Europea, L 108, 30 de abril de 2003,Gazzetta ufficiale dell’Unione europea, L 108, 30 aprile 2003,Journal officiel de l’Union européenne, L 108, 30 avril 2003
EUR-Lex - 32003D0283 - ES 32003D0283

2003/283/CE: Decisión de la Comisión, de 27 de noviembre de 2002, relativa a las medidas adoptadas por España en favor de Refractarios Especiales SA [notificada con el número de documento C(2002) 4486] (Texto pertinente a efectos del EEE)

Diario Oficial n° L 108 de 30/04/2003 p. 0021 - 0034


Decisión de la Comisión

de 27 de noviembre de 2002

relativa a las medidas adoptadas por España en favor de Refractarios Especiales SA

[notificada con el número de documento C(2002) 4486]

(El texto en lengua española es el único auténtico)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2003/283/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y, en particular, el párrafo primero del apartado 2 de su artículo 88,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y, en particular, la letra a) del apartado 1 de su artículo 62,

Después de haber emplazado a los interesados para que presentaran sus observaciones, de conformidad con los citados artículos(1), y teniendo en cuenta dichas observaciones,

Considerando lo siguiente:

1. PROCEDIMIENTO

(1) Mediante escrito de 20 de abril de 2001, la Comisión recibió una denuncia sobre una supuesta ayuda estatal otorgada por España en favor de Refractarios Especiales SA. El denunciante manifestaba su preocupación por una serie de medidas financieras de las que se iba a beneficiar dicha empresa que falsearían la competencia en el mercado de referencia.

(2) Por cartas de 3 de mayo (D/51821), 17 de julio (D/52905) y 4 de octubre de 2001 (D/54067), la Comisión solicitó a España información sobre las distintas medidas. Se enviaron recordatorios por cartas de 20 de junio (D/52500) y 7 de noviembre de 2001 (D/54592). Por carta de 23 de julio de 2001 (registrada con la referencia A/35988 el 25 de julio de 2001), España solicitó una prórroga para facilitar la respuesta. Por carta de 20 de agosto de 2001 (D/53447), se concedió la prórroga. Por cartas de 19 de junio (registrada con la referencia A/34832 el 20 de junio), 13 de septiembre (A/37203, el 17 de septiembre) y 27 de noviembre de 2001 (A/39427, el 30 de noviembre), España remitió la información solicitada por la Comisión.

(3) El 15 de enero de 2002, la Comisión decidió incoar el procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 88 del Tratado con respecto a las medidas citadas. Por carta de 17 de enero de 2002 (D/228167), informó a España de dicha decisión. La Comisión instó de nuevo a España a formular observaciones sobre la decisión y solicitó información adicional por carta de 11 de marzo de 2002. España respondió a la decisión de incoar el procedimiento por carta de 13 de marzo de 2002 (registrada con el número A/31982 el 14 de marzo de 2002) y contestó a las preguntas contenidas en el recordatorio por carta de 2 de mayo de 2002 (registrada con el número A/33339 el 6 de mayo de 2002).

(4) La decisión de la Comisión de incoar el procedimiento se publicó en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas(2) instando a los interesados a presentar sus observaciones sobre la ayuda. España no envió copia de la decisión de la Comisión a la empresa beneficiaria, Refractarios Especiales SA (en lo sucesivo, "Refractarios") hasta el 18 de marzo de 2002. A continuación, por carta de 20 de marzo de 2002 (registrada el 21 de marzo de 2002 con la referencia A/32170), Refractarios solicitó una prórroga para responder a la incoación del procedimiento. La Comisión concedió la prórroga solicitada. Por carta de 22 de marzo de 2002 (D/51295), la Comisión recibió observaciones de tres interesados, incluida la propia Refractarios. Por cartas de 5 de abril (D/51501) y 29 de abril de 2002 (D/52067), se solicitó a España que comentara dichas observaciones. Por cartas de 21 de mayo (D/52462) y 3 de septiembre de 2002 (D/54883), se formularon preguntas complementarias. La última de estas cartas incluía una copia del acuerdo entre la hacienda pública y Refractarios, que había sido enviado a la Comisión por el mismo interesado (carta de 18 de julio de 2002, registrada el 25 de julio de 2002 bajo A/35709). La Comisión recordó a España sus solicitudes mediante cartas de 27 de junio de 2002 (D/53342) y 7 de octubre de 2002 (D/55591). España remitió las respuestas a las preguntas complementarias por cartas de 2 de julio (registrado el 5 de julio con la referencia A/34994) y 9 de octubre de 2002 (registrada el mismo día con la referencia A/37400).

2. DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LAS MEDIDAS

2.1. Refractarios Especiales SA

(5) Refractarios, con sede en Valencia (España), fabrica cerámica especializada resistente al calor (materiales refractarios). La empresa vende sus productos principalmente a empresas de los sectores de metalurgia, cemento y cerámica. En la actualidad tiene alrededor de 89 empleados y un volumen de negocios anual de unos 8 millones de euros (EUR). A finales del 2000, el valor total consignado en el balance ascendía a 11400000 EUR. La empresa entra en la clasificación de PYME con arreglo a la Recomendación 96/280/CE de la Comisión, de 3 de abril de 1996, sobre la definición de pequeñas y medianas empresas(3).

(6) En el cuadro siguiente se resumen los resultados de la empresa durante el período 1996-2001.

>SITIO PARA UN CUADRO>

La crisis de la producción siderúrgica de principios de los años noventa también supuso una crisis para el sector de los materiales refractarios y, por tanto, para Refractarios. La empresa cerró sus instalaciones de Asturias, que producían para el sector siderúrgico, y mantuvo las de Valencia. La relativa mejora desde 1997 se debe al desarrollo de nuevos productos, vendidos sobre todo a la industria del cemento. Aparte de las ventas nacionales, los productos se exportan a otros países de Europa y a algunos países de África y América. Hay asimismo expectativas de exportación a países asiáticos. El valor de las ventas, en particular de productos innovadores, aumentó un 8,7 % entre 2000 y 2001. Para 2002 la empresa prevé un aumento del 14 %.

2.2. Medidas adoptadas por España

(7) Refractarios ha tenido dificultades recurrentes para saldar sus deudas, sobre todo con la Tesorería General de la Seguridad Social (en lo sucesivo, "Seguridad Social"), con la delegación en Valencia de la Agencia Tributaria del Ministerio de Hacienda (en lo sucesivo, "Hacienda pública") y con el Fondo de Garantía Salarial (en lo sucesivo, "Fogasa").

2.2.1. Procedimiento de suspensión de pagos en 1990-92

(8) En marzo de 1992 concluyó un procedimiento de suspensión de pagos mediante los convenios siguientes, con fecha de 12 de septiembre de 1991:

- Seguridad Social: se reescalonó una deuda de 459786309 ESP (2763371 EUR) a lo largo de un período de 10 años, con un período de carencia de dos años y sin intereses sobre los importes reescalonados(4). La deuda se garantizó con una hipoteca sobre los terrenos, edificios, maquinaria e instalaciones de Refractarios. El valor actual neto de las cuotas, calculado sobre la base de un tipo de interés comercial del 18,24 %, asciende a un 36 % del valor inicial(5),

- Hacienda pública: en condiciones similares a las de la Seguridad Social, se reescalonó una deuda de 71701058 ESP (430932 EUR) a lo largo de un período de 10 años, con un período de carencia de dos años, sin intereses sobre los importes reescalonados y garantizada por la misma hipoteca,

- los acreedores ordinarios aceptaron la condonación del 81,5 % de la deuda, sobre una deuda total de 1080 millones ESP (6490931 EUR).

(9) La hipoteca obtenida por la Seguridad Social y la Hacienda pública gravaba la propiedad inmobiliaria por un importe máximo de 531487366 ESP (3194303 EUR, importe que equivale a las deudas pendientes) más 106000000 ESP (637073 EUR) para gastos de ejecución. El total, 637487366 ESP (3817377 EUR) correspondía a un valor de entre el 81 y el 85 % del valor estimado de la propiedad(6). La finca no estaba hipotecaba en favor de ningún otro crédito.

(10) El despido de trabajadores en Asturias generó una deuda de 90685363 ESP (545030,01 EUR) con Fogasa(7). Mediante acuerdo de 19 de noviembre de 1992, esta deuda se reescalonó a lo largo de 8 años con un período de carencia de seis meses. Los pagos trimestrales irían aumentando progresivamente desde unos 2 millones ESP hasta más de 8 millones ESP. El total de los pagos sumaría 133171960 ESP (800380 EUR), a un interés simple del 10 %, lo que correspondía al interés legal en aquel momento. El acuerdo contenía la obligación para Refractarios de constituir una garantía en favor del Fogasa para asegurar la deuda.

2.2.2. Esfuerzos para recuperar las deudas pendientes de pago hasta 2000

(11) El período transcurrido hasta el año 2000 muestra una visión heterogénea en lo que respecta a los resultados de la empresa. A veces, Refractarios tenía dificultades para pagar sus deudas. Además de los problemas financieros, había un problema ambiental cada vez mayor debido a que la empresa estaba ubicada en el centro de Quart de Poblet (Valencia). Por otra parte, se estaba debatiendo un cambio en el Plan general de ordenación urbana (PGOU) que incrementaría de forma significativa el valor de la propiedad de Refractarios.

(12) Entre diciembre de 1991 y marzo de 1995, Refractarios acumuló nuevas deudas con la Seguridad Social. La Seguridad Social adoptó diversas medidas para cobrar la deuda. Solicitó varios embargos sobre la propiedad hipotecada por un valor total de 194905984 ESP (1165398 EUR). Otro embargo con fecha de 28 de febrero de 1995 afectaba a otras dos fincas; la primera, de 427 m2 y valorada en 13944650 ESP (83809 EUR), la segunda, de 680,9 m2. El 7 de junio de 1995 se inició el procedimiento para la subasta de las fincas hipotecadas, pero ésta fue suspendida al estimarse un recurso interpuesto. Como resultado de un acuerdo de 1995, el 10 de mayo de 1996 todas las nuevas deudas, 252575951 ESP (1518012 EUR), con los intereses adicionales y recargos...

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