2004/12/EC: Commission Decision of 5 December 2003 on a procedure relating to the application of Article 18(2), first sentence, of the Agreement between the European Community and the Swiss Confederation on air transport and Council Regulation (EEC) No 2408/92 (Case TREN/AMA/11/03 — German measures relating to the approaches to Zurich airport) (notified under document number C(2003) 4472)

Published date08 January 2004
Date of Signature06 February 2004
Subject Matterrelazioni esterne,cooperazione,trasporti,relaciones exteriores,cooperación,transportes,relations extérieures,coopération,transports,relaciones exteriores,Acuerdo de Asociación,información y verificación
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale dell’Unione europea, L 4, 08 gennaio 2004,Diario Oficial de la Unión Europea, L 4, 08 de enero de 2004,Journal officiel de l’Union européenne, L 4, 08 janvier 2004,Diario Oficial de la Unión Europea, L 116, 22 de abril de 2004
EUR-Lex - 32004D0012 - ES 32004D0012

2004/12/CE: Decisión de la Comisión, de 5 de diciembre de 2003, respecto de un procedimiento relativo a la aplicación de la primera frase del apartado 2 del artículo 18 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte aéreo y del Reglamento (CEE) n° 2408/92 del Consejo (Asunto TREN/AMA/11/03 — Medidas alemanas relacionadas con las operaciones de aproximación al aeropuerto de Zurich) [notificada con el número C(2003) 4472]

Diario Oficial n° L 004 de 08/01/2004 p. 0013 - 0024


Decisión de la Comisión

de 5 de diciembre de 2003

respecto de un procedimiento relativo a la aplicación de la primera frase del apartado 2 del artículo 18 del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte aéreo y del Reglamento (CEE) n° 2408/92 del Consejo

(Asunto TREN/AMA/11/03 - Medidas alemanas relacionadas con las operaciones de aproximación al aeropuerto de Zurich)

[notificada con el número C(2003) 4472]

(El texto en lengua alemana es el único auténtico)

(2004/12/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS

Visto el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el transporte aéreo(1), de 21 de junio de 1999, y, en particular, su artículo 15 y el apartado 2 de su artículo 18,

Visto el Reglamento (CEE) n° 2408/92 del Consejo, de 23 de julio de 1992, relativo al acceso de las compañías aéreas de la Comunidad a las rutas aéreas intracomunitarias(2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 8,

Previa consulta al Comité consultivo que establece el Reglamento (CEE) n° 2408/92,

Considerando lo siguiente:

CONTEXTO

I

(1) El aeropuerto de Zurich está ubicado en Kloten, al nordeste de la ciudad de Zurich y a unos 15 km al sudeste de la frontera entre Suiza y Alemania. El aeropuerto de Zurich dispone de tres pistas: oeste-este (10/28), norte-sur (16/34), que cruza la pista oeste-este y noroeste-sudeste (14/32), independiente de las otras dos. Estas pistas suelen emplearse de acuerdo con el esquema siguiente: casi todos los despegues durante el día se efectúan en la pista oeste-este en dirección oeste, mientras que a primera y última hora del día, casi todos los despegues se efectúan en la pista norte-sur, en dirección norte. En su inmensa mayoría, los vuelos aterrizan en la pista noroeste-sudeste, procedentes del nordeste. Habida cuenta de la proximidad con la frontera alemana, todos los vuelos que aterrizan en Zurich procedentes del norte o del noroeste deben utilizar el espacio aéreo alemán en el aterrizaje.

(2) El uso del espacio aéreo alemán para las operaciones de aproximación y salida del aeropuerto de Zurich se ha regido por un acuerdo bilateral suscrito entre Suiza y Alemania el 17 de septiembre de 1984, resuelto por Alemania el 22 de marzo de 2000 con efectos a 31 de mayo de 2001, debido a problemas en su aplicación. Posteriormente, Alemania y Suiza suscribieron un nuevo acuerdo el 18 de octubre de 2001 que, sin embargo, aún no ha sido ratificado. En Suiza, el Consejo Nacional votó en contra de la ratificación el 19 de junio de 2002, mientras que el Consejo de Estados lo devolvió a la Comisión de Transportes el 12 de diciembre de 2002. En Alemania, el Bundestag aprobó el acuerdo el 17 de mayo de 2002, pero el Bundesrat lo rechazó el 12 de julio de 2002. Desde entonces ha quedado en suspenso.

(3) El 15 de enero de 2003, la Autoridad Federal Alemana de Aviación publicó la norma 213 para la aplicación de las normas de tráfico aéreo alemanas por las que se establecen los procedimientos de aterrizajes y despegues por instrumentos en el aeropuerto de Zurich. Dicha norma establece una serie de limitaciones para las operaciones de aproximación al aeropuerto de Zurich a partir del 18 de enero de 2003. En particular:

- impone niveles mínimos de espera de 6000 pies por encima de las zonas de espera SAFFA y EKRIT y de 13000 pies por encima de la zona de espera RILAX,

- establece nueve procedimientos de aterrizaje por encima del territorio alemán. Los seis procedimientos de aterrizaje ILS no pueden utilizarse de 22.00 a 6.00 horas los días laborables y de 20.00 a 9.00 horas en fines de semana y días festivos. Cuando utilicen los tres procedimientos de aterrizaje VOR/DME en esas horas, los aviones no deberán descender por debajo de los 10000 pies por encima del territorio alemán. Se concederán exenciones a estas normas si las condiciones exteriores sólo permiten operaciones de aproximación para el aterrizaje desde el norte,

- impone la utilización de cinco rutas Z 1, 2, 3, 4 y 5 para los aviones que despegan del aeropuerto de Zurich al entrar en el territorio alemán, salvo para los despegues de las pistas 32 y 34 que, por motivos técnicos, no pueden alcanzar estas coordenadas.

(4) El 4 de abril de 2003, la Autoridad Federal Alemana de Aviación publicó la primera norma modificadora de la norma 213. La modificación surtió los siguientes efectos a partir del 17 de abril de 2003:

- incrementa los niveles mínimos de espera (véase el primer inciso del apartado 3) por encima de SAFFRA y EKRIT a 12000 pies de 21.00 a 7.00 horas en días laborables y de 20.00 a 9.00 horas en fines de semana y días festivos. Incrementa el nivel mínimo de espera por encima de RILAX a 18000 pies en esos mismos períodos,

- amplía las limitaciones para los seis procedimientos ILS y los tres procedimientos VOR/DME de aterrizaje (véase el segundo guión del considerando 3), pasando del período 22.00-6.00 al período 21.00-7.00 horas en días laborables e incrementa la altura mínima para los tres procedimientos VOR/DME durante esas horas a 12000 pies,

- prohíbe los procedimientos especiales de despegue de las pistas 32 y 34 (véase el tercer guión del considerando 3) de 21.00 a 7.00 horas los días laborables y de 20.00 a 9.00 horas los fines de semana y días festivos e impone una altura mínima de 10000 pies al entrar en el territorio alemán.

(5) La norma modificadora especifica asimismo las condiciones meteorológicas en las que se considera que las condiciones exteriores sólo permiten operaciones de aproximación desde el norte, lo que autoriza las exenciones de las normas que figuran en el segundo guión del considerando 4. Ahora bien, se estipuló que esta disposición sólo entraría en vigor el 10 de julio de 2003.

(6) El efecto de las medidas alemanas es evitar, en condiciones meteorológicas normales, el sobrevuelo a poca altura del territorio alemán próximo a la frontera suiza de 21.00 a 7.00 horas en días laborables y de 20.00 a 9.00 horas en fines de semana y días festivos, lo que reducirá el ruido a que está expuesta la población local. Por consiguiente, las dos operaciones de aproximación desde el norte que se utilizaban principalmente para el aterrizaje al aeropuerto de Zurich, así como los despegues hacia el norte a última hora del día y primera hora de la mañana, ya no son posibles durante esas horas. El nivel de ruido por encima del territorio alemán ha sido el tema principal de varias negociaciones y acuerdos de los últimos 20 años, mencionados en el considerando 2.

(7) El 10 de junio de 2003, la Confederación Suiza presentó a la Comisión una solicitud para que adoptase una decisión cuyos efectos fueran los siguientes:

- Alemania no podrá seguir aplicando la norma 213 para la aplicación de las normas de tráfico aéreo alemanas por las que se establecen los procedimientos de aterrizajes y despegues por instrumentos en el aeropuerto de Zurich, tal como quedó modificada por la primera norma modificadora de 4 de abril de 2003,

- Alemania deberá suspender la aplicación de la norma 213 para la aplicación de las normas de tráfico aéreo alemanas por las que se establecen los procedimientos de aterrizajes y despegues por instrumentos en el aeropuerto de Zurich hasta que la Comisión adopte la Decisión solicitada.

(8) El 26 de junio de 2003, las autoridades alemanas y suizas cambiaron la situación de hecho en que se basaba la denuncia, al alcanzar un acuerdo sobre los puntos siguientes:

- Suiza garantiza que las siguientes operaciones de aproximación para el aterrizaje por instrumentos podrán efectuarse en la pista 34:

- procedimiento VOR/DME a partir del 30 de octubre de 2003,

- procedimiento LLZ/DME a partir del 30 de abril de 2004,

- procedimiento ILS CAT1 a partir del 31 de octubre de 2004.

(9) Alemania aceptó suspender la aplicación de las disposiciones de la primera norma modificadora de la norma 213, que debía entrar en vigor el 10 de julio (véase el considerando 5) hasta el 30 de octubre de 2003. Serán posibles nuevas modificaciones del acuerdo cuando Alemania revise las condiciones climáticas para autorizar el aterrizaje en las pistas 14 y 16, ocho semanas antes de las fechas mencionadas en el considerando 8. Asimismo, Alemania derogará los procedimientos de espera EKRIT y SAFFA. Suiza creará los procedimientos de espera correspondientes antes de febrero de 2005.

(10) El 20 de junio de 2003, la Comisión solicitó de las autoridades alemanas sus observaciones sobre la petición suiza. Mediante carta fechada el mismo día, la Comisión también solicitó de las autoridades suizas que le remitiesen información adicional. En respuesta, Alemania notificó a la Comisión, mediante carta de 30 de junio de 2003, el acuerdo alcanzado con las autoridades suizas, de fecha 26 de junio de 2003, destinado a aplazar algunas de las medidas que establece la norma 213. Así pues, consideró nula la denuncia suiza y esperó a que concluyese el procedimiento de la Comisión Europea. El 27 de junio de 2003, las autoridades suizas notificaron asimismo a la Comisión el acuerdo mencionado. Sin embargo, mantuvieron que la denuncia no se veía afectada en modo alguno por el acuerdo.

(11) Mediante carta de 4 de julio, Suiza anunció estar recopilando la información adicional solicitada por la Comisión y evaluando el impacto del acuerdo de 26 de junio de 2003 en su solicitud de medidas provisionales. El 14 de julio...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT