2004/919/EC: Council Decision of 22 December 2004 on tackling vehicle crime with cross-border implications
Published date | 30 December 2004 |
Subject Matter | giustizia e affari interni,justicia y asuntos de interior,justice et affaires intérieures |
Official Gazette Publication | Gazzetta ufficiale dell’Unione europea, L 389, 30 dicembre 2004,Diario Oficial de la Unión Europea, L 389, 30 de diciembre de 2004,Journal officiel de l’Union européenne, L 389, 30 décembre 2004 |
30.12.2004 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | L 389/28 |
DECISIÓN DEL CONSEJO
de 22 de diciembre de 2004
relativa a la lucha contra la delincuencia de dimensión transfronteriza relacionada con vehículos
(2004/919/CE)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular la letra a) del apartado 1 de su artículo 30 y la letra c) del apartado 2 de su artículo 34,
Vista la iniciativa del Reino de los Países Bajos,
Visto el dictamen del Parlamento Europeo,
Considerando lo siguiente:
(1) | Se estima que cada año se roban en los Estados miembros de la Unión Europea 1 200 000 vehículos. |
(2) | Estos robos acarrean unos daños considerables, que ascienden por lo menos a 15 000 millones de euros al año. |
(3) | Una parte importante de esos vehículos, según estimaciones entre el 30 y el 40 %, son robados, transformados y exportados a otros Estados, dentro y fuera de la Unión Europea, por la delincuencia organizada. |
(4) | Además de los daños materiales, este fenómeno afecta gravemente al sentimiento de justicia y seguridad de los ciudadanos. La delincuencia relacionada con vehículos puede ir unida a formas muy graves de violencia. |
(5) | Este fenómeno dificulta la consecución del objetivo enunciado en el artículo 29 del Tratado de ofrecer a los ciudadanos un alto grado de seguridad dentro de un espacio de libertad, seguridad y justicia. |
(6) | El Consejo ha adoptado una Resolución de 27 de mayo de 1999 relativa a la lucha contra la delincuencia internacional mediante una mayor cobertura de las rutas utilizadas (1). |
(7) | Además, la delincuencia relacionada con vehículos puede estar ligada a otros tipos de delincuencia, como el tráfico de estupefacientes, el tráfico de armas o la trata de seres humanos. |
(8) | La actuación contra la delincuencia relacionada con vehículos corresponde a las fuerzas y cuerpos de seguridad de los Estados miembros. No obstante, es necesario establecer un enfoque común de manera proporcional en el que –cuando sea posible y necesario– los Estados miembros y las autoridades policiales y judiciales de los Estados miembros cooperen para poder afrontar los aspectos transfronterizos de esta forma de delincuencia. |
(9) | Es importante, sobre todo, la cooperación entre los servicios policiales, las autoridades aduaneras y las autoridades de matriculación de vehículos, así como la facilitación de información a las partes pertinentes. |
(10) | También es importante la cooperación con Europol, dado que esta organización puede facilitar análisis e informes en la materia. |
(11) | En el ámbito de la delincuencia relacionada con vehículos, la Escuela Europea de Policía presta a los servicios policiales de los Estados miembros, a través de la red electrónica European Police Learning Net (EPLN), un servicio de biblioteca para la consulta de información e informes periciales. Además, la EPLN ofrece la posibilidad de intercambiar conocimientos y experiencias en un foro electrónico. |
(12) | La lucha contra la delincuencia relacionada con vehículos se verá reforzada con el aumento del número de Estados miembros que se adhieran al Tratado relativo a un Sistema europeo de información sobre vehículos y permisos de conducción (EUCARIS) de 29 de junio de 2000. |
(13) | Debe adoptarse una serie de medidas encaminadas a combatir de forma efectiva la delincuencia relacionada con vehículos de dimensión internacional, |
DECIDE:
Artículo 1
Definiciones
A efectos de la presente Decisión, se entenderá por:
1) | «vehículo», todo vehículo de motor, remolque o caravana tal y como se define en las disposiciones relativas al Sistema de |
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