2005/474/ECEC: Commission Decision of 14 December 2004 concerning the levy on meat purchases (rendering levy) implemented in France (notified under document number C(2004) 4770)

Published date08 July 2005
Subject Matteraiuti degli Stati,ayudas concedidas por los Estados,aides accordées par les États
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale dell’Unione europea, L 176, 08 luglio 2005,Diario Oficial de la Unión Europea, L 176, 08 de julio de 2005,Journal officiel de l’Union européenne, L 176, 08 juillet 2005
L_2005176ES.01000101.xml
8.7.2005 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 176/1

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 14 de diciembre de 2004

relativa al impuesto sobre la adquisición de carne (impuesto de recogida y eliminación de residuos animales) aplicado por Francia

[notificada con el número C(2004) 4770]

(El texto en lengua francesa es el único auténtico)

(2005/474/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 88, apartado 2, párrafo primero,

Después de haber emplazado a los interesados, de conformidad con el artículo citado (1), para que presenten sus observaciones, y vistas dichas observaciones,

Considerando lo siguiente:

I. PROCEDIMIENTO

(1) Como consecuencia de una denuncia recibida, la Comisión solicitó a Francia, el 15 de abril de 1999, información sobre un impuesto aplicable a la adquisición de carne (en lo sucesivo también denominado «el impuesto de recogida y eliminación de residuos animales»), destinado a financiar las operaciones de recogida y eliminación de residuos animales efectuadas en el territorio francés. Las autoridades francesas respondieron mediante escrito de 12 de mayo de 1999.
(2) Anteriormente, la Comisión había incoado un procedimiento de infracción, previsto en el artículo 226 del Tratado, contra el impuesto de recogida y eliminación de residuos animales (2). En este contexto, se había enviado a Francia una carta de emplazamiento el 29 de julio de 1998, seguida de un dictamen motivado el 18 de septiembre de 2000. La Comisión decidió archivar el expediente el 26 de junio de 2002.
(3) La medida fue incluida en el registro de ayudas no notificadas, con el número NN 17/2001. En marzo de 2001 se recibió una adenda de la denuncia inicial. Entretanto, la Comisión recibió una nueva denuncia que recogía los datos de la primera.
(4) Por carta de 10 de julio de 2002, la Comisión informó a Francia de su decisión de incoar el procedimiento previsto en el artículo 88, apartado 2, del Tratado, con respecto al impuesto de recogida y eliminación de residuos animales.
(5) La decisión de la Comisión de incoar el procedimiento se publicó en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas (3). La Comisión invitó a los demás Estados miembros y partes interesadas a presentar sus observaciones sobre la medida en cuestión.
(6) Las autoridades francesas enviaron sus observaciones por carta de 10 de octubre de 2002. La Comisión recibió observaciones al respecto por parte de los interesados, que fueron transmitidas a las autoridades francesas por carta de 11 de febrero de 2003; las autoridades francesas respondieron a su vez por carta de 9 de abril de 2003. Por carta de 14 de julio de 2004 se solicitó información adicional a las autoridades francesas, quienes la enviaron por carta de 23 de septiembre de 2004.
(7) La presente Decisión sólo afecta a la financiación del servicio público de recogida y eliminación de residuos animales (en lo sucesivo también denominado «SPE») entre el 1 de enero de 1997 y el 31 de diciembre de 2002, año en que se incoó el procedimiento de examen. La financiación del SPE a partir del 1 de enero de 2003 se trata en el expediente de la ayuda estatal no NN 8/2004.
(8) El impuesto de recogida y eliminación de residuos animales se suprimió a partir del 1 de enero de 2004. En esa fecha, la financiación del SPE pasó a estar asegurada por el producto de un «impuesto por sacrificio», respecto del cual la Comisión no ha presentado objeciones (4). En el contexto de la instrucción de este expediente, las autoridades francesas enviaron a la Comisión información relevante también para el caso que nos ocupa, por carta de 29 de diciembre de 2003.

II. DESCRIPCIÓN

1. IMPUESTO DE RECOGIDA Y ELIMINACIÓN DE RESIDUOS ANIMALES

(9) El impuesto de recogida y eliminación de residuos animales fue instituido por el artículo 302 bis ZD del Código general de impuestos de Francia, basado en el artículo 1 de la Ley francesa no 96-1139, de 26 de diciembre de 1996, sobre recogida y eliminación de los animales muertos y los residuos de matadero y por la que se modifica el Código rural (5). De acuerdo con esta disposición, el impuesto de recogida y eliminación de residuos animales entró en vigor el 1 de enero de 1997.
(10) La Ley no 96-1139 modifica el artículo 264 del Código rural francés, que en lo sucesivo establece lo siguiente: «La recogida y la eliminación de animales muertos, así como de carnes y despojos animales decomisados en el matadero y declarados no aptos para el consumo humano o animal, constituyen un mandato de servicio público que es competencia del Estado.».
(11) Por el contrario, según el artículo 271 del Código rural, igualmente modificado por la citada ley, «la eliminación de partes de animales decomisadas en el marco de inspecciones veterinarias distintas de las contempladas en el artículo 264, y de desperdicios animales de los mataderos o establecimientos que participen en el tratamiento o preparación de productos animales o de origen animal está excluida del servicio público de eliminación de animales muertos y es responsabilidad únicamente de dichos mataderos y establecimientos. Si no están por sí mismos autorizados o registrados para ello, deberán encomendar su eliminación a establecimientos autorizados o registrados por la Administración para realizar esta actividad».
(12) La recogida incluida en el mandato del servicio público se refiere a los animales muertos en el territorio nacional y, en particular, a los sacrificados en los mataderos de Francia y no aptos para el consumo humano. La recogida de animales muertos sólo tiene lugar cuando se trata de animales, o incluso lotes de animales, de un peso mínimo de 40 kg. La ley excluye específicamente del SPE financiado mediante el impuesto de recogida y eliminación de residuos animales las prestaciones a personas propietarias o en posesión del cuerpo de un animal y que «pueden» entregarlo a una persona autorizada, aunque no estén obligados a ello (artículo 265-II, del Código rural). Así pues, están excluidos todos los cadáveres de animales llamados «de compañía» en poder de particulares. Esta exclusión da lugar a una actividad de recogida y eliminación de residuos animales financiada por los particulares.
(13) Las empresas privadas encargadas de realizar prestaciones de recogida y eliminación de residuos animales son seleccionadas por los prefectos mediante licitaciones cuyas condiciones están definidas en el Código rural. Los correspondientes pliegos de condiciones prevén el modo de remuneración de las operaciones cuya ejecución se confía al adjudicatario y esta remuneración excluye cualquier remuneración obtenida de los usuarios del servicio público. Por consiguiente, las empresas de recogida y eliminación de residuos animales encargadas del SPE deben prestar gratuitamente sus servicios de recogida y eliminación a los usuarios (principalmente ganaderos y mataderos) y son remuneradas exclusivamente por el Estado (artículo 264-2 del Código rural).
(14) El impuesto de recogida y eliminación de residuos animales afecta a las compras de carne y de determinados otros productos por quienes se dediquen a la venta al por menor de tales productos.
(15) Debe pagar el impuesto, en principio, cualquier persona que realice ventas al por menor. Su base imponible está constituida por el valor, excluido el impuesto sobre el valor añadido (IVA), de todas las compras, independientemente de su procedencia, de:
carnes y despojos, crudos o preparados, refrigerados o congelados, de aves, conejo, caza o animales de las especies bovina, ovina, caprina, porcina y de las especies caballar, asnal y de sus cruces,
salazones, productos de charcutería, manteca de cerdo, conservas de carne y despojos procesados,
piensos elaborados básicamente con carne y despojos.
Las empresas que, en el año natural precedente, hayan tenido un volumen de negocios inferior a 2 500 000 francos franceses (FRF) (6) (381 122 EUR), sin contar el IVA, están exentas de este impuesto. El tipo del impuesto quedó fijado en un 0,5 % por tramo de compras mensuales (sin IVA) de un importe igual o inferior a 125 000 FRF (19 056 EUR), y en un 0,9 % para importes superiores a 125 000 FRF. Posteriormente se elevaron al 2,1 % y al 3,9 % respectivamente (véase el considerando 18).
(16) Inicialmente, es decir, a partir del 1 de enero de 1997, el producto del impuesto se destinó a un fondo especialmente creado para financiar el servicio de recogida y eliminación de los animales muertos y los residuos de matadero decomisados y considerados no aptos para el consumo humano o animal, es decir, las actividades definidas como mandato de servicio público por el artículo 264 del Código rural. Este fondo estaba administrado por el Centre national pour l'aménagement des structures des exploitations agricoles (CNASEA).
(17) La Ley 98-546, de 2 de julio de 1998, relativa a diversas disposiciones de orden económico y financiero (7) aplicó a los mismos sujetos pasivos un impuesto adicional entre el 1 de julio de 1998 y el 31 de diciembre de 1998, destinado a financiar la eliminación de las harinas de mamíferos no conformes con las normas comunitarias sobre desactivación de los agentes causantes de la encefalopatía espongiforme bovina (EEB) y, más en concreto, los gastos ocasionados por la compra, transporte, almacenamiento y tratamiento. Aquellas empresas que, en el año natural precedente, habían tenido un volumen de negocios inferior a 3 500 000 FRF (533 571 EUR), sin contar el IVA, estaban exentas de este impuesto adicional. Los tipos de este impuesto quedaron fijados en un 0,3 % por tramo de compras mensuales
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