2006/240/EC: Commission Decision of 16 November 2004 on aid granted by Germany to grain brandy distilleries (notified under document number C(2004) 3953) (Text with EEA relevance)

Published date25 March 2006
Subject Matterconcorrenza,aiuti degli Stati,competencia,ayudas concedidas por los Estados,concurrence,aides accordées par les États
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale dell’Unione europea, L 88, 25 marzo 2006,Diario Oficial de la Unión Europea, L 88, 25 de marzo de 2006,Journal officiel de l’Union européenne, L 88, 25 mars 2006
L_2006088ES.01005001.xml
25.3.2006 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 88/50

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 16 de noviembre de 2004

relativa a las medidas ejecutadas por Alemania en favor de los productores de aguardiente de cereales (Kornbranntwein)

[notificada con el número C(2004) 3953]

(El texto en lengua alemana es el único auténtico)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2006/240/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el párrafo primero del apartado 2 de su artículo 88,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y, en particular, la letra a) del apartado 1 de su artículo 62,

Después de haber emplazado a los interesados para que presenten sus observaciones, de conformidad con los citados artículos (1), y teniendo en cuenta dichas observaciones,

Considerando lo siguiente:

I. PROCEDIMIENTO

(1) Por carta de 22 de noviembre de 2000, seis industriales alemanes, miembros del Sindicato profesional de productores industriales de aguardiente de cereales (Arbeitsgemeinschaft gewerblicher Kornbrennereien), presentaron una denuncia ante la Comisión a raíz de la modificación de la ley alemana sobre el monopolio de alcoholes por la «Haushaltssanierungsgesetz» (en lo sucesivo HSanG - ley sobre saneamiento del presupuesto federal) con fecha de 22 de diciembre de 1999 (2).
(2) El objetivo de esta denuncia era hacer que se constatase que el legislador alemán, al modificar la ley de 2 de mayo de 1976 (3), aplicó un sistema contrario a las disposiciones del artículo 87 del Tratado CE, por cuanto establece una discriminación entre productores industriales y productores agrícolas de Kornbranntwein (aguardiente de cereales), siendo estos últimos los únicos que pueden seguir beneficiándose de unas ayudas que hasta entonces se concedían al conjunto de los productores alemanes independientemente de su naturaleza. Los demandantes alegan que el nuevo sistema crea una ventaja incuestionable en favor de los productores agrícolas, que resulta incompatible con las normas de competencia comunitaria.
(3) Por carta de 3 de enero de 2001, la Comisión presentó una primera solicitud de información complementaria a Alemania, relativa a las modificaciones denunciadas. Alemania respondió por carta de 14 de febrero de 2001, precisando, en particular, que las medidas de ayuda en cuestión ya se habían notificado a la Comisión en 1976 y que la nueva ley no hacía más que ordenar el mecanismo existente. El 16 de marzo de 2001, la Comisión planteó una serie de preguntas adicionales a Alemania, que solicitó un plazo de respuesta suplementario por carta de 3 de abril de 2001, que la Comisión aceptó el 9 de abril de 2001.
(4) Alemania respondió a la Comisión el 24 de abril de 2001 y ésta le comunicó, por carta de 19 de noviembre, sus conclusiones preliminares y sus primeros comentarios. Por carta de 19 de diciembre de 2001, Alemania confirmó lo que ya había desarrollado en su carta de 14 de febrero de 2001 y se reafirmó en que las ayudas en cuestión se habían concedido de conformidad con las disposiciones del Derecho comunitario.
(5) Por carta de 22 de febrero de 2002, la Comisión solicitó a Alemania, de acuerdo con las disposiciones del artículo 17, apartado 2, del Reglamento (CE) no 659/ 1999 del Consejo, de 22 de marzo de 1999 por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 93 del Tratado CE (4), que le comunicara sus observaciones y presentara cualquier propuesta útil dirigida a compatibilizar las medidas relativas al Kornbranntwein con las disposiciones del artículo 87, apartado 1, del Tratado CE. Por carta de 19 de marzo de 2002, Alemania comunicó a la Comisión que no consideraba oportuno adoptar tales medidas, puesto que impugnaba sus conclusiones y más concretamente el análisis según el cual el Kornbranntwein es un producto industrial y no agrícola.
(6) Mediante decisión de 19 de junio de 2002, la Comisión propuso a Alemania una serie de medidas útiles destinadas a reformar su ley relativa a las ayudas en favor de los productores de Kornbranntwein. Por cartas de 19 y 23 de julio de 2002, Alemania informó a la Comisión de que impugnaba los términos de su propuesta y se negaba en consecuencia a aplicar las medidas establecidas en los plazos requeridos.
(7) A raíz de esta negativa y de acuerdo con las disposiciones del artículo 19 del Reglamento no 659/1999 antes citado, la Comisión decidió, el 16 de octubre de 2002, incoar un procedimiento formal de examen de la ayuda. Esta decisión se publicó el 11 de diciembre de 2002 en el Diario Oficial de la Unión Europea (5), y la Comisión invitó a los interesados a presentar sus observaciones sobre las medidas en cuestión.
(8) Por carta de 12 de noviembre de 2002, Alemania transmitió a la Comisión sus comentarios relativos a dicha apertura del procedimiento.
(9) La Comisión también recibió 54 dictámenes de terceros interesados, entre los que figuraba un dictamen con 2 000 firmas. Estos dictámenes se enviaron a Alemania, para que formulara comentarios, por carta de 7 de febrero de 2003. El 26 de febrero de 2003, Alemania solicitó a la Comisión un plazo adicional para su respuesta, que se le concedió por carta de 27 de febrero. Esta respuesta llegó finalmente por carta de 19 de marzo de 2003.
(10) El 5 de junio de 2003 se celebró una reunión, a petición de Alemania, que fue precedida, el 4 de junio de 2003, de una carta preparatoria dirigida a la Comisión. El 2 de julio de 2003, a raíz de esta reunión, Alemania envió una nueva carta a la Comisión.
(11) Los demandantes se dirigieron a la Comisión por carta de 13 de agosto de 2003, para preparar una reunión que se celebró a petición suya el 29 de agosto de 2003.
(12) El 5 de marzo de 2004, la Comisión envió a Alemania la carta de los demandantes de 13 de agosto de 2003, para que formulara comentarios. Alemania respondió por carta de 5 de abril de 2004.

II. DESCRIPCIÓN DEL MECANISMO EN CUESTIÓN

A. El monopolio alemán de alcoholes y su evolución

(13) El monopolio alemán de alcoholes se creó mediante la ley de 8 de abril de 1922 (6) y posteriormente se modificó mediante la ley de 2 de mayo de 1976 (7) a raíz de varias decisiones del Tribunal de Justicia, entre las que figura la sentencia de 17 de febrero de 1976 en el Asunto 45/75 (Rewe-Zentrale) (8). La nueva ley de 2 de mayo de 1976 sobre el monopolio de alcoholes (Branntweinmonopol) suprimió la política de ayuda a los precios resultante de las medidas de protección territorial y que era contraria a las disposiciones del artículo 31 (antiguo artículo 37) del Tratado CE, para sustituirla por un mecanismo de compensación de precios.
(14) El 9 de abril de 1976 (9), Alemania notificó a la Comisión el nuevo texto, de acuerdo con las disposiciones del artículo 93, apartado 3, del Tratado CE (actualmente artículo 88, apartado 3), en relación con las disposiciones del artículo 4 del Reglamento no 26 del Consejo de 4 de abril de 1962 (10) sobre aplicación de determinadas normas sobre la competencia a la producción y al comercio de productos agrícolas. El artículo 4 de dicho Reglamento prevé que «Las disposiciones del apartado 1 y de la primera frase del apartado 3 del artículo 93 del Tratado, serán aplicables a las ayudas concedidas en beneficio de la producción o del comercio de los productos enumerados en el Anexo II del Tratado» (actualmente y en lo sucesivo anexo I; el subrayado es de la Comisión) (11). Este texto impone a los Estados miembros una mera obligación de notificación que no requiere la aprobación de la Comisión.
(15) En su carta de notificación, Alemania informó en particular a la Comisión de que se proponía seguir cumpliendo su obligación legal de comprar alcohol a los productores nacionales a precios que cubrieran sus costes de producción.
(16) La Comisión destaca que la notificación de 1976 no contenía ninguna distinción en cuanto a la naturaleza de los distintos productos en cuestión: alcohol neutro y/o alcohol con características aromáticas como el Kornbranntwein. En aquel momento, la Comisión no había formulado ninguna observación sobre el contenido de la notificación.
(17) A partir de la modificación legislativa de 1976, el monopolio ejerció una función de compra y comercialización de alcohol a través de la Bundesmonopolverwaltung für Branntwein, en lo sucesivo «la BfB» (monopolio federal encargado de la comercialización del aguardiente), entidad tutelada por el Ministerio de Hacienda. La BfB compra el alcohol a precios garantizados legalmente, lo rectifica (12) y posteriormente lo comercializa a precios de mercado. Aquí no se incluye al Kornbranntwein.
(18) Por lo que respecta al Kornbranntwein, la ley de 2 de mayo de 1976 confió a la Deutsche Kornbranntwein VermarktungGmbH, en lo sucesivo «la DKV» (13), una misión similar a la de la BfB, pero exclusivamente para la compra y la comercialización del Kornbranntwein. La ley de 1976 confirió a la DKV derechos exclusivos consistentes, por una parte, en la compra de la mayor parte de la producción nacional de Kornbranntwein a precios legalmente garantizados, cubriendo los costes de los productores, ya sean industriales o agrícolas (14), y por otra parte, tras la transformación y/o rectificación eventual, en la comercialización del Kornbranntwein a precios de mercado. Hasta 2000, más del 80 % del Kornbranntwein fabricado en Alemania fue comercializado por la DKV y el 20 % por las propias destilerías (15).
(19) Como contrapartida a los servicios que presta cumpliendo el mandato legal que se le confió en aplicación del artículo 82 de la ley sobre el monopolio de los alcoholes, la DKV recibe una indemnización que, a falta del
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