2006/388/EC: Council Decision of 15 May 2006 authorising the Republic of Lithuania to apply a measure derogating from Article 21 of the Sixth Directive 77/388/EEC on the harmonisation of the laws of the Member States relating to turnover taxes

Published date25 October 2006
Subject Matterimpuesto sobre el valor añadido,aproximación de las legislaciones,fiscalidad
L_2006150ES.01001301.xml
3.6.2006 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 150/13

DECISIÓN DEL CONSEJO

de 15 de mayo de 2006

por la que se autoriza a la República de Lituania a aplicar una medida de excepción del artículo 21 de la sexta Directiva 77/388/CEE en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios

(2006/388/CE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la sexta Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios — Sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido: base imponible uniforme (1), y, en particular, su artículo 27,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

(1) En virtud del artículo 27, apartado 1, de la Directiva 77/388/CEE, el Consejo, por unanimidad y a propuesta de la Comisión, puede autorizar a cualquier Estado miembro para que establezca medidas especiales de inaplicación de dicha Directiva a fin de simplificar la percepción del impuesto o evitar determinados fraudes o evasiones fiscales.
(2) Mediante carta registrada en la Secretaría General de la Comisión el 28 de junio de 2005, la República de Lituania (en lo sucesivo, «Lituania») solicitó autorización para introducir medidas de excepción del artículo 21 de la Directiva 77/388/CEE.
(3) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27, apartado 2, de la Directiva 77/388/CEE, la Comisión, mediante carta de 22 de agosto de 2005, informó a los demás Estados miembros de la solicitud de Lituania. Mediante carta de 23 de agosto de 2005, la Comisión notificó a Lituania que tenía toda la información que consideraba necesaria para examinar la solicitud.
(4) El artículo 21, apartado 1, de la Directiva 77/388/CEE, en la versión del artículo 28 octies de dicha Directiva, prevé que, en régimen interior, el impuesto sobre el valor añadido (IVA), en la generalidad de los casos, es adeudado por el sujeto pasivo que efectúe una entrega de bienes o una prestación de servicios sujetas al impuesto.
(5) La finalidad de la excepción solicitada por Lituania es que, en determinadas condiciones, se considere responsable del IVA debido al beneficiario de la entrega de bienes y servicios en el caso de procedimientos de suspensión de pagos o de reestructuración sujeta a control judicial, entregas de madera, entregas de residuos ferrosos y no ferrosos y prestación de obras de construcción.
(6) Los sujetos pasivos en procedimientos de suspensión de pagos o procedimientos de reestructuración sujeta a control judicial
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