2006/659/EC: Council Decision of 25 September 2006 authorising the United Kingdom to introduce a special measure derogating from Articles 5(6) and 11(A)(1)(b) of Directive 77/388/EEC on the harmonisation of the laws of the Member States relating to turnover taxes

Published date01 August 2007
Subject Matterimposta sul valore aggiunto,ravvicinamento delle legislazioni,affari fiscali,impuesto sobre el valor añadido,aproximación de las legislaciones,fiscalidad,taxe sur la valeur ajoutée,rapprochement des législations,fiscalité
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3.10.2006 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 272/15

DECISIÓN DEL CONSEJO

de 25 de septiembre de 2006

por la que se autoriza al Reino Unido a introducir una medida especial en virtud de la cual se establece una excepción al artículo 5, apartado 6, y al artículo 11, parte A, apartado 1, letra b), de la Directiva 77/388/CEE en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios

(2006/659/CE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Sexta Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios — Sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido: base imponible uniforme (1), y, en particular, su artículo 27, apartado 1,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando lo siguiente:

(1) Por carta registrada por la Secretaría General de la Comisión el 7 de abril de 2005, el Reino Unido solicitó autorización para la inaplicación del artículo 5, apartado 6, y del artículo 11, parte A, apartado 1, letra b), de la Directiva 77/388/CEE.
(2) De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27, apartado 2, de la Directiva 77/388/CEE y mediante carta fechada el 26 de octubre de 2005, la Comisión informó al resto de Estados miembros de la petición del Reino Unido. Mediante carta de 27 de octubre de 2005, la Comisión notificó al Reino Unido que tenía toda la información que consideraba necesaria para examinar la petición.
(3) El Reino Unido pretende sustituir la excepción prevista por la Decisión 86/356/CEE del Consejo, de 21 de julio de 1986, por la que se autoriza al Reino Unido a aplicar medidas globales relativas al Impuesto sobre el Valor Añadido no deducible que grava los gastos del carburante de los vehículos de empresa (2). Dicha excepción autorizaba medidas especiales de simplificación para determinar con arreglo a un tipo a tanto alzado la cuota del impuesto sobre el valor añadido (IVA) correspondiente al gasto en carburante utilizado, en parte, para uso privado en vehículos de empresa. Este procedimiento exime a los contribuyentes de la obligación de llevar un registro detallado del kilometraje con el fin de calcular, para cada vehículo, el importe exacto del IVA relativo al transporte privado y de empresa.
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