2007/243/EC: Commission Decision of 18 April 2007 excluding from Community financing certain expenditure incurred by the Member States under the Guarantee Section of the European Agricultural Guidance and Guarantee Fund (EAGGF) (notified under document number C(2007) 1663) (Text with EEA relevance)

Published date24 April 2007
Subject MatterFondo europeo agricolo di orientamento e di garanzia (FEAOG),Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA),Fonds européen d'orientation et de garantie agricole (FEOGA)
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale dell’Unione europea, L 106, 24 aprile 2007,Diario Oficial de la Unión Europea, L 106, 24 de abril de 2007,Journal officiel de l’Union européenne, L 106, 24 avril 2007
L_2007106ES.01005501.xml
24.4.2007 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 106/55

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 18 de abril de 2007

por la que se excluyen de la financiación comunitaria determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo a la sección de Garantía del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA)

[notificada con el número C(2007) 1663]

(Los textos en lengua alemana, danesa, española, finesa, francesa, griega, inglesa, italiana, neerlandesa, portuguesa y sueca son los únicos auténticos)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2007/243/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 729/70 del Consejo, de 21 de abril de 1970, relativo a la financiación de la política agrícola común (1), y, en particular, su artículo 5, apartado 2, letra c),

Visto el Reglamento (CE) no 1258/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre la financiación de la política agrícola común (2), y, en particular, su artículo 7, apartado 4,

Previa consulta al Comité de los fondos agrícolas,

Considerando lo siguiente:

(1) El artículo 5 del Reglamento (CEE) no 729/70, el artículo 7 del Reglamento (CE) no 1258/1999 y el artículo 8, apartados 1 y 2, del Reglamento (CE) no 1663/95 de la Comisión, de 7 de julio de 1995, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) no 729/70 del Consejo en lo que concierne al procedimiento de liquidación de cuentas de la sección de Garantía del FEOGA (3), disponen que la Comisión realice las comprobaciones necesarias, comunique a los Estados miembros los resultados de sus comprobaciones, tome nota de las observaciones de los Estados miembros, convoque reuniones bilaterales para llegar a un acuerdo con los Estados miembros afectados y les comunique oficialmente sus conclusiones.
(2) Los Estados miembros han tenido la posibilidad de solicitar la apertura de un procedimiento de conciliación y, al haberse hecho uso de ella en algunos casos, la Comisión ha examinado el informe elaborado al término del procedimiento.
(3) De conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 y 3 del Reglamento (CEE) no 729/70 y en el artículo 2 del Reglamento (CE) no 1258/1999, únicamente pueden financiarse las restituciones por exportación a terceros países y las intervenciones destinadas a regularizar los mercados agrarios concedidas, en el primer caso, o llevadas a cabo, en el segundo, de acuerdo con las normas comunitarias de la organización común de mercados agrarios.
(4) De las comprobaciones efectuadas, de los resultados de las reuniones bilaterales y de los procedimientos de conciliación se desprende que una parte de los gastos declarados por los Estados miembros no cumplen esas condiciones y, por consiguiente, no pueden ser financiados por la sección de Garantía del FEOGA.
(5) Procede indicar los importes cuya financiación no asume la sección de Garantía del FEOGA, los cuales no corresponden a gastos efectuados antes de los veinticuatro meses que precedieron a la comunicación escrita de los resultados de las comprobaciones que la Comisión envió a los Estados miembros.
(6) En los casos contemplados en la presente Decisión, el cálculo de los importes rechazados por no ajustarse a las normas comunitarias ha sido comunicado por la Comisión a los Estados miembros en un informe de síntesis.
(7) La presente Decisión se entiende sin perjuicio de las consecuencias financieras que, a juicio de la Comisión, se deriven de las sentencias del Tribunal de Justicia en asuntos que se encontrasen pendientes en la fecha del 25 de enero de 2007 y que se refieran a aspectos contemplados en la misma.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Los gastos declarados con cargo a la sección de Garantía del FEOGA que se indican en el anexo, efectuados por organismos pagadores autorizados de los Estados miembros, quedan excluidos de la financiación comunitaria por no ajustarse a las normas comunitarias.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán el Reino de Bélgica, el Reino de Dinamarca, la República Federal de Alemania, el Reino de España, la República de Finlandia, la República Francesa, la República Helénica, Irlanda, la República Italiana, el Gran Ducado de Luxemburgo, el Reino de los Países Bajos, la República de Austria, la República Portuguesa y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

Hecho en Bruselas, el 18 de abril de 2007.

Por la Comisión

Mariann FISCHER BOEL

Miembro de la Comisión


(1) DO L 94 de 28.4.1970, p. 13. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1287/95 (DO L 125 de 8.6.1995, p. 1).

(2) DO L 160 de 26.6.1999, p. 103.

(3) DO L 158 de 8.7.1995, p. 6. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 465/2005 (DO L 77 de 23.3.2005, p. 6).


ANEXO

Total correcciones — Partida presupuesaria 6 7 0 1

EM Medida EF Motivo Tipo % Moneda Importe Deducciones ya efectuadas Impacto financiero
AT Auditoría financiera — Rebasamiento 2005 Rebasamiento de límites financieros puntual EUR – 577,47 – 577,47 0,00
Total AT EUR – 577,47 – 577,47 0,00
BE Liquidación de cuentas 2001 Liquidación de cuentas de 2001 puntual EUR –45 922,50 –45 922,50 0,00
BE Liquidación de cuentas 2003 Liquidación de cuentas de 2003 puntual EUR –53 786,11 –29 109,11 –24 677,00
Total BE EUR –99 708,61 –75 031,61 –24 677,00
DE Liquidación de cuentas 2003 Liquidación de cuentas de 2003 puntual EUR –2 372 552,57 0,00 –2 372 552,57
DE Liquidación de cuentas 2004 Liquidación de cuentas de 2004 puntual EUR – 848 720,33 0,00 – 848 720,33
DE Liquidación de cuentas 2005 Liquidación de cuentas de 2005 puntual EUR –1 475 549,22 0,00 –1 475 549,22
DE Auditoría financiera — Retrasos en los pagos 2005 Incumplimiento de los plazos de pago puntual EUR – 123 145,69 – 188 245,69 65 100,00
DE Auditoría financiera — Rebasamiento 2004 Rebasamiento de límites financieros puntual EUR – 134 267,39 0,00 – 134 267,39
Total DE EUR –4 954 235,20 – 188 245,69 –4 765 989,51
DK Restituciones por exportación 2000 Realización inadecuada de controles de sustitución tanto alzado 2 % DKK –4 042 587,64 0,00 –4 042 587,64
DK Restituciones por exportación 2000 Realización inadecuada de controles de sustitución tanto alzado 5 % DKK –1 694 642,72 0,00 –1 694 642,72
DK Restituciones por exportación 2001 Realización inadecuada de controles de sustitución tanto alzado 2 % DKK –11 636 374,73 0,00 –11 636 374,73
DK Restituciones por exportación 2001 Realización inadecuada de controles de sustitución tanto alzado 5 % DKK –5 847 108,45 0,00 –5 847 108,45
DK Restituciones por exportación 2002 Realización inadecuada de controles de sustitución tanto alzado 2 % DKK –14 620 538,05 0,00 –14 620 538,05
DK Restituciones por exportación 2002 Realización inadecuada de controles de sustitución tanto alzado 5 % DKK –6 732 926,94 0,00 –6 732 926,94
DK Restituciones por exportación 2003 Realización inadecuada de controles de sustitución tanto alzado 2 % DKK –3 239 587,36 0,00 –3 239 587,36
DK Restituciones por exportación 2003 Realización inadecuada de controles de sustitución tanto alzado 5 % DKK –1 450 243,99 0,00 –1 450 243,99
DK Auditoría financiera — Rebasamiento 2004 Rebasamiento de límites financieros puntual EUR –68 177,57 –68 177,57 0,00
Total DK DKK –49 264 009,88 0,00 –49 264 009,88
Total DK EUR –68 177,57 –68 177,57 0,00
ES Auditoría financiera — Retrasos en los pagos 2004 Incumplimiento de los plazos de pago puntual EUR –9 070 409,96 –9 197 146,98 126 737,02
ES Auditoría financiera — Retrasos en los pagos 2005 Incumplimiento de los plazos de pago puntual EUR –7 923 714,21 –7 940 441,61 16 727,40
ES Auditoría financiera — Rebasamiento 2005 Rebasamiento de límites financieros puntual EUR 339 296,14 339 296,14 0,00
ES Frutas y hortalizas — Fr. cáscara (otras medidas) 2003 Incumplimiento de los plazos de pago puntual EUR –28 111 606,97 0,00 –28 111 606,97
ES Frutas y hortalizas — Fr. cáscara (otras medidas) 2004 Incumplimiento de los plazos de pago puntual EUR –32 542 235,13 0,00 –32 542 235,13
ES Frutas y hortalizas — Transformación tomates 2003 Los tomates entregados fuera del horario de trabajo diurno normal de la administración competente no se podían controlar de forma adecuada; cotejo insuficiente de los registros con la contabilidad oficial tanto alzado 5 % EUR –1 850 032,92 0,00 –1 850 032,92
ES Frutas y hortalizas — Transformación tomates 2004 Los tomates entregados fuera del horario de trabajo diurno normal de la administración competente no se podían controlar de forma adecuada; cotejo insuficiente de los registros con la contabilidad oficial tanto alzado 5 % EUR –2 240 283,54 0,00 –2 240 283,54
ES Medidas de promoción 2003 Inadmisibilidad de un programa puntual EUR –20 244,02 0,00 –20 244,02
ES Medidas de promoción 2004 Inadmisibilidad de un programa puntual EUR –70 997,92 0,00 –70 997,92
ES Medidas de promoción 2003 Deficiencias en controles contables y técnicos tanto alzado 10 % EUR – 438 782,10 0,00 – 438 782,10
ES Medidas de promoción 2004 Deficiencias en controles contables y técnicos tanto
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