2008/757/EC: Commission Decision of 26 September 2008 imposing special conditions governing the import of products containing milk or milk products originating in or consigned from China (notified under document number C(2008) 5599) (Text with EEA relevance)

Published date27 September 2008
Subject Matterpublic health,External relations
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Union, L 259, 27 September 2008
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27.9.2008 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 259/10

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 26 de septiembre de 2008

por la que se establecen las condiciones particulares de importación de productos que contienen leche o productos lácteos originarios o procedentes de China

[notificada con el número C(2008) 5599]

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2008/757/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria (1), y, en particular, su artículo 53, apartado 2, párrafo primero,

Considerando lo siguiente:

(1) En el artículo 53 del Reglamento (CE) no 178/2002 se establece la posibilidad de que la Comunidad adopte medidas de emergencia para alimentos y piensos importados de un país tercero que constituyan un riesgo grave para la salud de las personas o de los animales o para el medio ambiente, y dicho riesgo no pueda controlarse satisfactoriamente mediante medidas adoptadas separadamente por los Estados miembros.
(2) La Comisión ha sabido recientemente que en China se habían encontrado niveles elevados de melamina en leche maternizada y otros productos lácteos. La melamina es una sustancia química intermedia utilizada en la fabricación de aminorresinas y plásticos y se utiliza como monómero y como aditivo en plásticos. Unos niveles elevados de melamina en los alimentos pueden tener consecuencias muy graves para la salud.
(3) No está permitido importar a la Comunidad leche, leche en polvo y productos lácteos originarios de China; no obstante, determinados productos compuestos (que contienen a la vez un producto procesado de origen animal y otro de origen no animal) que contienen componentes lácteos procesados podrían haber llegado a los mercados de la Unión Europea.
(4) Si bien la información objetiva de que se dispone indica que no se importan productos compuestos destinados a cubrir las necesidades nutricionales específicas de los lactantes o los niños pequeños, algunos de estos productos, en función de su formulación específica y, en particular, de la proporción de su contenido en lácteos, podrían haberse presentado para su importación sin someterse a los controles fronterizos sistemáticos que establece la
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