2009/771/EC: Commission Decision of 20 October 2009 approving certain national programmes for the control of salmonella in turkeys (notified under document C(2009) 7735) (Text with EEA relevance)
Published date | 21 October 2009 |
Subject Matter | legislazione veterinaria,tutela dei consumatori,ravvicinamento delle legislazioni,législation vétérinaire,protection des consommateurs,rapprochement des législations,legislación veterinaria,protección del consumidor,aproximación de las legislaciones |
Official Gazette Publication | Gazzetta ufficiale dell’Unione europea, L 275, 21 ottobre 2009,Journal officiel de l’Union européenne, L 275, 21 octobre 2009,Diario Oficial de la Unión Europea, L 275, 21 de octubre de 2009 |
21.10.2009 | ES | Diario Oficial de la Unión Europea | L 275/28 |
DECISIÓN DE LA COMISIÓN
de 20 de octubre de 2009
por la que se aprueban determinados programas nacionales para el control de la salmonela en los pavos
[notificada con el número C(2009) 7735]
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2009/771/CE)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 2160/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de noviembre de 2003, sobre el control de la salmonela y otros agentes zoonóticos específicos transmitidos por los alimentos (1), y, en particular, su artículo 6, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) | La finalidad del Reglamento (CE) no 2160/2003 es garantizar que se adopten medidas apropiadas y eficaces para detectar y controlar la salmonela y otros agentes zoonóticos en todas las fases pertinentes de producción, transformación y distribución, en particular en la producción primaria, con objeto de disminuir su prevalencia y el riesgo que suponen para la salud pública. |
(2) | Dicho Reglamento establece que deben fijarse objetivos comunitarios de reducción de la prevalencia de las zoonosis y de los agentes zoonóticos enumerados en su anexo I en determinadas poblaciones de animales. |
(3) | En el Reglamento (CE) no 584/2008 de la Comisión, de 20 de junio de 2008, por el que se aplica el Reglamento (CE) no 2160/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al objetivo comunitario de reducción de la prevalencia de la Salmonella enteritidis y la Salmonella typhimurium en los pavos (2), se estableció el objetivo comunitario de reducir en la producción primaria la prevalencia de la Salmonella enteritidis y la Salmonella typhimurium en los pavos. |
(4) | A fin de conseguir este objetivo comunitario, los Estados miembros deben elaborar programas nacionales para el control de la salmonela en los pavos y presentarlos a la Comisión de conformidad con el Reglamento (CE) no 2160/2003. |
(5) | Algunos Estados miembros han presentado dichos programas, que se consideraron conformes con la legislación veterinaria pertinente de la Comunidad y, en particular, con el Reglamento (CE) no 2160/2003. |
(6) | Por consiguiente, deben aprobarse esos programas nacionales de control. |
(7) | Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al |
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