2011/620/EU: Council Decision of 12 July 2011 on the signing, on behalf of the Union, of the Agreement between the European Union and Georgia on protection of geographical indications of agricultural products and foodstuffs

Published date21 September 2011
Subject Matterrelazioni esterne,alimentari,relaciones exteriores,productos alimenticios,relations extérieures,denrées alimentaires
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale dell’Unione europea, L 243, 21 settembre 2011,Diario Oficial de la Unión Europea, L 243, 21 de septiembre de 2011,Journal officiel de l’Union européenne, L 243, 21 septembre 2011
L_2011243ES.01000101.xml
21.9.2011 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 243/1

DECISIÓN DEL CONSEJO

de 12 de julio de 2011

relativa a la firma, en nombre de la Unión, del Acuerdo entre la Unión Europea y Georgia sobre la protección de las indicaciones geográficas de los productos agrícolas y alimenticios

(2011/620/UE)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 207, apartado 4, párrafo primero, en relación con su artículo 218, apartado 5,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) La Comisión ha negociado, en nombre de la Unión, un Acuerdo entre la Unión Europea y Georgia sobre la protección de las indicaciones geográficas de los productos agrícolas y alimenticios (en lo sucesivo, «el Acuerdo»).
(2) El Acuerdo permitirá la protección recíproca de las indicaciones geográficas de las respectivas Partes al tiempo que contribuirá a aproximar la normativa entre los países vecinos de la UE.
(3) Procede firmar el Acuerdo.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aprobada, en nombre de la Unión, la firma del Acuerdo entre la Unión Europea y Georgia sobre la protección de las indicaciones geográficas de los productos agrícolas y alimenticios, a reserva de la celebración de dicho Acuerdo (1).

Artículo 2

Se autoriza al Presidente del Consejo para que designe a la(s) persona(s) facultada(s) para firmar el Acuerdo en nombre de la Unión.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

Hecho en Bruselas, el 12 de julio de 2011.

Por el Consejo

El Presidente

J. VINCENT-ROSTOWSKI


(1) El texto del Acuerdo se publicará junto con la Decisión relativa a su celebración.


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