Decisión del Consejo, de 17 de mayo de 2011, por la que se nombra a quince miembros del Consejo de Administración de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 151/1

IV

(Información)

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

CONSEJO

DECISIÓN DEL CONSEJO

de 17 de mayo de 2011

por la que se nombra a quince miembros del Consejo de Administración de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos

(2011/C 151/01)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2006, relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH) y por el que se crea la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Quími), y en particular su artículo 79,

Considerando lo siguiente:

El artículo 79 del Reglamento (CE) n o 1907/2006 dispone que el Consejo debe nombrar como miembros del Consejo de Administración de la Agencia Europea de Sustancias y Preparados Químicos («el Consejo de Administración») a un representante por cada Estado miembro.

Los miembros del Consejo de Administración deben nombrarse sobre la base de la experiencia que posean en ámbitos pertinentes y sus conocimientos especializados sobre la seguridad química o la normativa sobre sustancias y preparados químicos, al tiempo que se garantiza que entre los miembros del Consejo de Administración se posea el conocimiento pertinente en los ámbitos relativos a cuestiones generales, financieras y jurídicas.

La duración del mandato debe ser de cuatro años, y debe ser posible renovarlo una vez.

Mediante Decisión de 7 de junio de 2007 ( 2

), el Consejo nombró a 27 miembros del Consejo de Administración.

(5) Desde la citada Decisión se ha sustituido a los miembros belga ( 3

), búlgaro ( 4 ), danés ( 5

), letón ( 6

), portugués ( 7 ), ru

mano ( 8

) y del Reino Unido ( 9 ).

(6) Los miembros del Consejo de Administración designados por Bélgica, Bulgaria, Dinamarca, Alemania, Estonia, Grecia, Chipre, Letonia, Lituania, Malta, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovaquia y el Reino Unido fueron todos ellos nombrados por un periodo que termina el 31 de mayo de 2011. Debe, pues, designarse y nombrarse a los miembros del Consejo de Administración procedentes de esos Estados miembros para el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2011 y el 31 de mayo de 2015.

(7) El Consejo ha recibido las candidaturas de todos los Estados miembros de que se trata.

HA ADOPTADO LA...

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