Sentencia (Reseña) nº T-455/05 of Tribunal de 1ª Instancia de las Comunidades Europeas, December 18, 2008

Resolution DateDecember 18, 2008
Issuing OrganizationTribunal de Primera Instancia de las Comunidades Europeas
Decision NumberT-455/05

Sentencia del Tribunal de Primera Instancia (Sala Quinta) de 18 de diciembre de 2008 — Componenta/Comisión

(Asunto T‑455/05)

Ayudas de Estado — Sector de la metalurgia — Adquisición de una participación perteneciente a una empresa en una sociedad inmobiliaria y devolución de un préstamo concedido por dicha empresa a la sociedad inmobiliaria como contrapartida de una inversión de dicha empresa — Decisión por la que se declara que la ayuda es incompatible con el mercado común y se ordena su restitución — Criterio del inversor privado — Valoración de las acciones de una sociedad inmobiliaria — Valoración de los bienes inmuebles de una sociedad — Obligación de motivación — Examen de oficio

  1. Procedimiento — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Exposición sumaria de los motivos invocados [Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Primera Instancia, art. 44, ap. 1, letra c)] (véanse los apartados 44 y 45)

  2. Ayudas otorgadas por los Estados — Concepto — Competencia conferida a la Comisión y al juez nacional para calificar de ayuda de Estado una medida nacional — Inexistencia de una amplia facultad de apreciación de la Comisión (Art. 87 CE, ap. 1) (véase el apartado 97)

  3. Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Decisión de la Comisión en materia de ayudas de Estado (Arts. 87 CE, ap. 1, y 253 CE) (véanse los apartados 98 a 100)

  4. Ayudas otorgadas por los Estados — Procedimiento administrativo — Medidas nacionales ejecutadas sin haber sido notificadas — Facultad de la Comisión de recurrir a un requerimiento dirigido al Estado interesado para obtener la información que juzgue necesaria — Decisión adoptada por la Comisión, sin recurrir a un requerimiento, basándose en información que considera fragmentaria [Reglamento (CE) nº 659/1999 del Consejo, art. 10] (véanse los apartados 105 a 108)

  5. Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Subsanación de un defecto de...

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