Decisión del Consejo, de 10 de mayo de 2010, relativa a la firma en nombre de la Unión Europea y a la aplicación provisional del Acuerdo Marco entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Corea, por otra
Section | Decision |
Issuing Organization | Consejo de la Unión Europea |
23.1.2013 Diario Oficial de la Unión Europea L 20/1
ES
II
(Actos no legislativos)
ACUERDOS INTERNACIONALES
DECISIÓN DEL CONSEJO
de 10 de mayo de 2010
relativa a la firma en nombre de la Unión Europea y a la aplicación provisional del Acuerdo Marco entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Corea, por otra
(2013/40/UE)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, sus artículos 207 y 212, leídos en relación con su artículo 218, apartado 5,
Vista la propuesta de la Comisión Europea,
Considerando lo siguiente:
(1) El 7 de mayo de 2008, el Consejo autorizó a la Comisión Europea a negociar un Acuerdo Marco con la República de Corea, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo».
(2) Finalizaron las negociaciones y el Acuerdo fue rubricado el 14 de octubre de 2009.
(3) A reserva de su conclusión en una fecha posterior, el Acuerdo debe firmarse y aplicarse con carácter provisional.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Queda aprobada, en nombre de la Unión, la firma del Acuerdo Marco entre la Unión Europea y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Corea, por otra, a reserva de la celebración de dicho Acuerdo.
El texto del Acuerdo se adjunta a la presente Decisión.
Hasta que concluyan los procedimientos necesarios para su entrada en vigor, el Acuerdo se aplicará con carácter provisional. La aplicación provisional se iniciará el primer día del mes siguiente a aquel en el que las Partes se hayan notificado mutuamente el cumplimiento de las formalidades necesarias a tal efecto.
Se autoriza al Presidente del Consejo a designar a la persona o las personas facultadas para firmar el Acuerdo en nombre de la Unión.
La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.
La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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