Asunto T-463/08: Recurso interpuesto el 19 de octubre de 2008 — Imagion/OAMI (DYNAMIC HD)
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Recurso interpuesto el 19 de octubre de 2008 2014 Imagion/ OAMI (DYNAMIC HD)
(Asunto T-463/08)
(2008/C 327/68)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: alemán
Recurso interpuesto el 15 de octubre de 2008 2014 República Checa/Comisión
(Asunto T-465/08)
(2008/C 327/69)
Lengua de procedimiento: checo
Partes
Demandante: Imagion AG (Trierweiler, Alemania) (representante: H. Blatzheim, abogado)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Pretensiones de la parte demandante
2014 Que se anule la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 13 de agosto de 2008 (asunto R 488/2008-4).
2014 Que se condene en costas a la demandada.
Motivos y principales alegaciones
Marca comunitaria solicitada: La marca denominativa «DYNAMIC HD» para servicios de las clases 35, 38, 41, 42 y 45 (no 6.092.241).
Resolución del examinador: Denegación parcial del registro.
Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso.
Motivos invocados:
2014 Infracción del artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (CE) no 40/94 (1), dado que la marca denominativa «DYNAMIC HD» no es descriptiva ni carece del carácter distintivo necesario.
2014 Infracción del artículo 7, apartado 3, del Reglamento no 40/94, habida cuenta de que la marca solicitada tiene carácter distintivo adquirido por el uso.
2014 Infracción de la obligación de motivación.
2014 Infracción del principio de igualdad de trato.
(1) Reglamento (CE) no 40/94 del Consejo, de 20 de diciembre de 1993, sobre la marca comunitaria (DO 1994, L 11, p. 1).
Partes
Demandante: República Checa (representante: M. Smolek, agente)
Demandada: Comisión de las Comunidades Europeas
Pretensiones de la parte demandante
2014 Que se anule la decisión de la Comisión de las Comunidades Europeas de 7 de agosto de 2008 de proceder a la compensación de los créditos y las deudas de la Comisión, con la referencia BUDG/C3 D(2008) 10.5-3956.
2014 Que se condene a la Comisión a pagar a la República Checa la cantidad de compensación de 9.354.130,93 euros más los correspondientes intereses de demora.
2014 Que se condene en costas a la Comisión.
Motivos y principales alegaciones
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Mediante el presente recurso, interpuesto con arreglo al artículo 230 CE, la República...
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