Publicación de una solicitud con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios

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COMISIÓN

Publicación de una solicitud con arreglo al artículo 6, apartado 2, del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios

(2008/C 308/08)

Esta publicación otorga un derecho de oposición con arreglo al artículo 7 del Reglamento (CE) no 510/2006 del Consejo (1). Las declaraciones de oposición deben llegar a la Comisión en un plazo de seis meses a partir de la presente publicación.

DOCUMENTO ÚNICO

REGLAMENTO (CE) No 510/2006

NOCCIOLA ROMANA

N.o CE: IT-PDO-0005-0573-28.11.2006

IGP ( ) DOP ( X )

  1. Denominación

    Nocciola Romana

  2. Estado miembro o Tercer país

    Italia

  3. Descripción del producto agrícola o alimenticio

    3.1. Tipo de producto (anexo III)

    Clase 1.6 2014 Frutas, hortalizas y cereales, frescos y transformados

    3.2. Descripción del producto que se designa con la denominación indicada en el punto 1

    La «Nocciola Romana» designa los frutos de la especie Corylus avellana, variedades «Tonda Gentile Romana», «Nocchione» y las selecciones, en su caso, que se encuentren al menos en un 90 % en la explotación. Se admiten las variedades «Tonda di Giffoni» y «Barrettona» en una proporción máxima del 10 %. La «Nocciola Romana» debe reunir las siguientes características:

    (1) DO L 93 de 31.3.2006, p. 12.

    Tonda gentile romana

    : forma de la avellana en la cáscara: subesferoidal, con el extremo ligeramente en punta; dimensiones con calibres variables de 14 a 25 mm; cáscara de espesor medio, de color avellana, de escaso brillo, con tomentosidad en el ápice y numerosas nervaduras aparentes; grano pequeño o mediano, de forma variable subesferoidal, de color similar al de la cáscara, en su mayor parte recubierto de fibras, superficie arrugada y surcos más o menos evidentes, dimensiones menos uniformes con respecto a la avellana en la cáscara; perisperma de espesor medio que no se despega completamente en el tostado; textura compacta y crujiente; sabor y aroma finísimos y persistentes.

    Nocchione

    : forma de la avellana en la cáscara: esferoidal, subelipsoidal; dimensiones comprendidas entre 14 y 25 mm; cáscara gruesa: de color avellana claro, surcado, poco pubescente; grano: de tamaño medio a pequeño, con presencia de fibras de media a elevada; perisperma: se despega medianamente en el tostado; sabor y aroma: finísimos y persistentes. En ambos casos, el rendimiento después del pelado se sitúa entre el 28 y el 50 %. Las avellanas deben estar exentas de olor y sabor de aceite rancio, de moho y de hierbas. Al masticarlas, deben ser crujientes, es decir, deben partirse al primer mordisco sin ser blandas, y deben tener una textura compacta, sin vacíos internos. Las avellanas conservadas deben tener también estas características.

    3.3. Materias primas (únicamente en el caso de los productos transformados)

    2014

    3.4. Piensos (únicamente en el caso de los productos de origen animal)

    2014

    3.5. Fases específicas de la producción...

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