Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el «Libro Blanco sobre la integración de los mercados de crédito hipotecario de la UE»COM(2007) 807 final

SectionActos preparatorios

1.7 Aun mostrando su perplejidad por las posibilidades concretas de integración y homogeneización que presenta el mercado del crédito hipotecario en una Unión Europea marcada por unas particularidades y características radicalmente distintas (Dictamen de 15 de diciembre de 2005, ponente: Sr. Burani (2)), el CESE considera útil, por una cuestión de principio, el intento de la Comisión de establecer «reglas», ya sean éstas meras sugerencias de conducta (las denominadas «mejores prácticas») o propuestas de carácter vinculante.

1.8 No obstante, esta intervención parecería excesiva si se pretendiera someter a debate las oportunidades 2014de por sí positivas2014 ya actualmente implícitas en los automatismos de regulación del mercado de los créditos hipotecarios.

1.9 Entretanto, el CESE sugiere que la Comisión ahonde en el examen de aquellos temas (registros hipotecarios, ejecuciones inmobiliarias, divulgación de la cultura financiera) que no presenten excesivas dificultades, siempre y cuando el esfuerzo valga la pena.

1.10 El Comité considera que, en la orientación de la Comisión, la intervención presta una excesiva atención a los posibles beneficios a corto plazo, derivados de la posible introducción de nuevas reglas que se basan en unos modelos interpretativos algo parciales del mercado de los créditos hipotecarios. Aplicando un planteamiento orientado hacia los resultados a corto plazo, la intervención va encaminada a reducir el coste de la financiación hipotecaria sin mostrar interés por la utilidad real que pudiera tener para los ciudadanos comunitarios la actual oferta de productos relevantes en el plano de la financiación y la innovación.

1.11 Como también reitera el ponente Burani en su dictamen, el CESE considera que el sistema propuesto por la Comisión sintoniza tan poco con la continua evolución del mercado que suscitan preocupación las consecuencias a largo plazo para los prestatarios más débiles, es decir, los consumidores más necesitados de protección.

(1) DO C 65 de 17.3.2006, p. 113, ponente: Sr. BURANI. (2) DO C 65 de 17.3.2006, p. 113; ponente: Sr. BURANI.

Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el «Libro Blanco sobre la integración de los mercados de crédito hipotecario de la UE»

COM(2007) 807 final

(2009/C 27/04)

El 18 de diciembre de 2007, de conformidad con el artículo 262 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, la Comisión Europea decidió consultar al Comité Económico y Social Europeo sobre el:

Libro Blanco sobre la integración de los mercados de crédito hipotecario de la UE

.

La Sección Especializada de Mercado Único, Producción y Consumo, encargada de preparar los trabajos en este asunto, aprobó su Dictamen el 11 de junio de 2008 (ponente: Sr. GRASSO).

En su 446o Pleno de los días 9 y 10 de julio de 2008 (sesión del 9 de julio de 2008), el Comité Económico y Social Europeo ha aprobado por 123 votos a favor, 1 voto en contra y 5 abstenciones el presente Dictamen.

  1. Valoraciones y recomendaciones

    1.1 Una vez más, la Comisión solicita a nuestro Comité que elabore un dictamen sobre la integración del mercado de los créditos hipotecarios para la adquisición de bienes inmuebles con fines residenciales y no residenciales. Se trata del Libro Blanco sobre la integración de los mercados de crédito hipotecario de la UE.

    1.2 Normalmente, los libros blancos son fruto de una valoración política casi definitiva y estructurada en torno a una cuestión: «qué hacer». Esta vez no es el caso. De hecho, la Comisión deberá examinar numerosos puntos que siguen planteando incertidumbre, como los fondos comunes de inversión, los proveedores de financiación, la combinación de productos (tying), etc. En total, son catorce los aspectos que se tomarán en consideración.

    1.3 Así pues, el Libro Blanco no es la plasmación de un proceso ya concluido, sino de otro que, por el contrario, sigue abierto por su complejidad real y comprobada. Entonces, ¿de qué sirve solicitar un nuevo dictamen si este Libro Blanco no añade nada nuevo al Libro Verde ya abordado con anterioridad en un dictamen del CESE?

    1.4 Se trata de un problema que se viene planteando desde hace muchos años en las distintas mesas de negociaciones sin que la Comisión encuentre una salida ni adopte una decisión efectiva que elimine las barreras culturales, jurídicas, administrativas, etc. que, en opinión del CESE, constituyen los obstáculos verdaderos y reales para el cumplimiento de los objetivos de la Comisión.

    1.5 Aprobado en el Pleno de diciembre de 2005 con una sola abstención, el Dictamen del CESE (1) sobre el Libro Verde sigue siendo válido en su conjunto.

    1.6 El Libro Blanco refleja aún hoy una situación marcada por la elevada fragmentación del...

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