Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 25 de mayo de 2007 — «Crear la igualdad de oportunidades para la plena participación de todos los jóvenes en la sociedad»

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I

(Resoluciones, recomendaciones y dictámenes)

RESOLUCIONES

CONSEJO

Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 25 de mayo de 2007 - «Crear la igualdad de oportunidades para la plena participación de todos los jóvenes en la sociedad»

(2007/C 314/01)

EL CONSEJO Y LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS, REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO,

Considerando lo siguiente:

(1) El Año Europeo de la Igualdad de Oportunidades para Todos (2007) (1) persigue el objetivo de destacar el valor de una sociedad justa basada en la cohesión social y fomentar una amplio debate sobre la manera en que puede mejorarse la participación de los grupos desfavorecidos y los grupos que son objeto de discriminación.

(2) En su Resolución de 18 de mayo de 2004 (2) el Consejo reiteró que las condiciones sociales marco en que crecen los jóvenes repercuten directamente en el éxito de las estrategias y medidas políticas destinadas a fomentar la igualdad de oportunidades y la integración social y profesional, y que esas condiciones de las que los jóvenes no son por lo general responsables impiden con frecuencia su participación en la sociedad, restringen su capacidad de ejercer sus derechos civiles y están en franca contradicción con el principio de igualdad de oportunidades.

(3) El 18 de mayo de 2004 (3) el Consejo destacó la importancia del papel de los jóvenes en la lucha contra el racismo, la xenofobia, el antisemitismo, las formas conexas de intolerancia y todas las formas de discriminación, así como en el fomento de la diversidad cultural, el respeto mutuo, la tolerancia y la solidaridad.

(4) En su Cumbre de primavera de 2005, el Consejo Europeo adoptó el Pacto Europeo para la Juventud como un elemento de la Estrategia de Lisboa renovada con vistas a fomentar, mediante políticas horizontales, la educación y formación de los jóvenes, su movilidad, su integración profesional y su participación en la sociedad, prestando así una atención particular a los jóvenes con menos oportunidades.

(5) En su cumbre de primavera de 2006, el Consejo Europeo describió la cohesión social y el fomento de la igualdad de oportunidades para todos como una base primordial para reformar la política económica y de empleo en los Estados miembros, de acuerdo con los objetivos del Proceso de Lisboa y tuvo en cuenta las medidas para llevar a la práctica de forma prioritaria el Pacto Europeo para la Juventud.

(6) La inclusión social es una prioridad importante del programa «La juventud en acción» (4) que ha motivado la elaboración de una estrategia para facilitar el acceso a las actividades del programa, en particular para aquellos jóvenes cuyas circunstancias educativas, socioeconómicas, culturales y geográficas sean menos favorables y para aquéllos con alguna discapacidad.

(7) En su contribución a la sesión del Consejo Europeo de primavera de 2007, el Consejo indicó cuatro prioridades clave para una mayor aplicación del Pacto Europeo para la Juventud, a saber: el apoyo a los jóvenes en la transición entre la enseñanza, la formación y el trabajo, la necesidad de hallar vías individuales hacia la integración, el imperativo de contar con estrategias coherentes a escala local y regional para aplicar el Pacto y un mayor relieve de la dimensión de la juventud en la aplicación general de la Estrategia de...

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