Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 25 de mayo de 2007, sobre las futuras perspectivas de la cooperación europea en el ámbito de la política de juventud

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IV

(Informaciones)

INFORMACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA

CONSEJO

Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 25 de mayo de 2007, sobre las futuras perspectivas de la cooperación europea en el ámbito de la política de juventud

(2007/C 314/07)

EL CONSEJO Y LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS, REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO,

TENIENDO EN CUENTA LO SIGUIENTE:

(1) la petición del Consejo (1)de evaluar en 2009 el marco general de cooperación europea en el ámbito de la juventud, tal como se convino en 2002;

(2) el primer cambio de impresiones sobre las futuras perspectivas de la política europea de juventud, que se mantuvo en la sesión del Consejo de Educación, Juventud y Cultura el 16 de febrero de 2007, sobre la base de un documento de debate conjunto presentado por las Presidencias alemana, portuguesa y eslovena, con vistas a la evaluación del marco de cooperación;

(3) los trabajos de la Oficina de Asesores de Política Europea de la Comisión Europea (2), que resaltan la importancia de invertir en el bienestar, la salud, la educación, la integración en el mercado laboral y la ciudadanía activa de la juventud;

(4) el Informe provisional de la Comisión Europea al Consejo Europeo de Primavera de 2007, titulado Evaluación de la realidad social (3), en el que se pone de relieve la cuestión de la equidad intergeneracional frente a la globalización y el cambio demográfico y se prepara el terreno para un debate abierto sobre cuestiones y retos sociales que afectarán de una manera fundamental a la situación social de la juventud en Europa;

(5) la solicitud del Consejo (4) de promover un diálogo estructurado con la juventud con vistas a aumentar la participación, en todos los niveles, de los jóvenes y de sus organizaciones para elaborar y aplicar las políticas que les afectan y fomentar así su ciudadanía activa;

(6) el Pacto Europeo para la Juventud, aprobado por el Consejo Europeo de primavera en 2005, en el que se definieron aquellos ámbitos de actuación prioritarios que exigen una mayor participación de la juventud y de todos los agentes pertinentes en las políticas de juventud.

  1. OBSERVAN que, de acuerdo con el Pacto Europeo para la Juventud, establecer una política de juventud eficaz y sostenible requiere en los ámbitos políticos pertinentes un enfoque realmente intersectorial a cuya formulación y ejecución el Consejo tiene intención de realizar una contribución clave.

  2. OBSERVAN ADEMÁS que, en...

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